ACUERDO Nº 3743: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintidós días del mes de octubre de dos mil veinte, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. José Roberto SAPPA, y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO y Fabricio Ildebrando Luis LOSI.

ACORDARON:

Disponer feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Toay, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día de la fecha hasta el 2 de noviembre del corriente año, inclusive.

Visto y Considerando: Que en el marco de la situación epidemiológica motivada por la pandemia de Coronavirus (COVID-19), este Superior Tribunal de Justicia, en consonancia con las decisiones adoptadas por las autoridades provinciales y nacionales, dispuso una serie de medidas y pautas de emergencia con el doble propósito de contribuir a preservar la salud de los integrantes del Poder Judicial y de las personas que concurran a los edificios judiciales, y de asegurar el servicio de justicia (conf. Acuerdos 3692, 3693, 3694, 3695, 3696, 3697, 3700, 3703, 3705, 3715, 3716, 3718, 3722, 3723, 3724, 3733, 3734, 3739, 3740 y 3741). 

Que en virtud de la situación epidemiológica y sanitaria respecto de los casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) en la localidad de Toay, mediante Decreto N° 2968, de fecha 21 de octubre de 2020, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso una etapa denominada “Fase 2 – AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y VOLUNTARIO” (conf. artículo 1° del Decreto N° 2968/20), estableciendo que durante la vigencia de dicha medida “las oficinas públicas provinciales, dependientes del Poder Ejecutivo, a través de las autoridades competentes, deberán prever guardias mínimas para asegurar la atención al público, observando las medidas de prevención respectivas” (conf. artículo 3 del Decreto N° 2968/20).

Que dichas medidas ameritan acentuar las acciones instrumentadas por este Superior Tribunal de Justicia, en orden a sus facultades de superintendencia. 

Que, en tal sentido, resulta conveniente disponer una feria judicial extraordinaria con suspensión de plazos para el Juzgado de Paz de Toay, desde el día de la fecha y hasta el día 2 de noviembre del corriente año, inclusive. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, conforme las facultades previstas en el artículo 39, inciso i de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE: Disponer feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Toay, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día de la fecha y hasta del 2 de noviembre del corriente año, inclusive.

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. 

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