ACUERDO Nº 1.711: En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 21 días del mes febrero de dos mil uno, se reúne en Acuerdo el Excmo. Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente Dr. Eduardo D. FERNANDEZ MENDIA, y los Sres. Ministros Dres. Ciro Lisandro ONGARO, Eduardo Mariano COBO y Julio Alberto PELIZZARI, con la actuación del Secretario Legal, Dr. Horacio Esteban di Nápoli.-

ACORDARON:

Determinar la denominación, numeración, turnos, distribución de causas y orden de subrogancias para los Juzgados de Instrucción y Correccional creados por Ley nº 1.906:

Visto, la reasignación de funciones prevista por la Ley nº 1.906 mediante la cual se unifican las competencias en el fuero penal de los Juzgados de Instrucción y Correccional; y Considerando: que según lo previsto por el artículo 6º de la citada Ley, se torna necesario reorganizar la modalidad de trabajo de los organismos aludidos. A tal fin y luego de haber oído la opinión de los Magistrados y Funcionarios que actuarán en ese fuero, este Superior Tribunal de Justicia estima conveniente, conforme a las pautas establecidas por la referida norma legal, fijar la denominación, numeración, turnos, orden de distribución de causas y orden de subrogancias de los Juzgados de Instrucción y Correccional, como así toda otra circunstancia, referida a misma, todo lo cual se determina en los Anexos I, II, y III del presente Acuerdo. Por ello, SE RESUELVE: 1) Aprobar la denominación, numeración, turnos, orden de distribución de causas y orden de subrogancias para los Juzgados de Instrucción y Correccional, creados por la Ley 1.906, que se disponen en el Anexo I, II y III que es parte del presente. 2) Lo resuelto precedentemente entrará en vigencia a partir del día 1º de marzo del corriente año.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los Señores Magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

ANEXO I
Primera Circunscripción Judicial

1) Denominación y numeración de los Organismos:

El actual Juzgado de Instrucción nº UNO, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO.

El actual Juzgado de Instrucción nº DOS, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº DOS.

El actual Juzgado de Instrucción nº TRES, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº TRES.

El actual Juzgado de Instrucción nº CUATRO, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº CUATRO.

El actual Juzgado en lo Correccional nº TRES pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº CINCO.

El actual Juzgado en lo Correccional nº UNO pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº SEIS.

El actual Juzgado en lo Correccional nº DOS pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº SIETE.

2) Turnos a partir del 1º de marzo de 2.001:

Los Turnos de los Juzgados de Instrucción y Correccional serán quincenales.

Comenzará el turno a partir del 1º de marzo de 2.001 el Juzgado de Instrucción y Correccional nº CINCO, continuando los Juzgados números: SEIS, SIETE, UNO, DOS, TRES, CUATRO y así sucesivamente.

Con respecto a los turnos de aquellas cuestiones que, en razón de la materia, se le atribuyen a la competencia Correccional (delitos de acción privada, faltas, apelaciones de resoluciones de Juzgados Municipales de Faltas o policiales, etc.), le corresponderá entender a partir del 1º de marzo de 2.001 al Juzgado de Instrucción y Correccional nº SEIS, continuando los Juzgados números: SIETE, UNO, DOS, TRES, CUATRO, CINCO y así sucesivamente.

3) Orden de distribución para elevación de causas a juicio a las Cámaras en lo Criminal:

Los Juzgados de Instrucción y Correccional números UNO, DOS y TRES elevarán las causas para juicio a la Cámara en lo Criminal nº UNO.

Los Juzgados de Instrucción y Correccional números CUATRO, CINCO y SEIS elevarán las causas para juicio a la Cámara en lo Criminal nº DOS.

El Juzgado de Instrucción y Correccional número SIETE elevará las causas terminadas en los números 1 al 5 a la Cámara en lo Criminal nº UNO y las terminadas en los números 6 al 0 a la Cámara en lo Criminal nº DOS.

El orden citado precedentemente será de aplicación, también, para las causas que se eleven a las Cámaras en grado de apelación.

4) Orden de subrogancias:

El orden de subrogancias estará dado por aquel Juez a quien corresponda el próximo turno.

ANEXO II
Segunda Circunscripción Judicial

1) Denominación y numeración de los Organismos:

El actual Juzgado de Instrucción nº UNO, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO.

El actual Juzgado de Instrucción nº DOS, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº DOS.

El actual Juzgado de Instrucción nº TRES, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº TRES.

El actual Juzgado en lo Correccional nº DOS, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº CUATRO.

El actual Juzgado en lo Correccional nº UNO, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº CINCO.

2) Turnos a partir del 1º de marzo de 2001:

Los turnos de los Juzgados de Instrucción y Correccional serán mensuales.

Comenzará el turno a partir del 1º de marzo de 2.001 el Juzgado de Instrucción y Correccional nº CUATRO, continuando los Juzgados números: CINCO, UNO, DOS, TRES y así sucesivamente.

Con respecto a los turnos de aquellas cuestiones que, en razón de la materia, se le atribuyen a la competencia Correccional (delitos de acción privada, faltas, apelaciones de resoluciones de Juzgados Municipales de Faltas o policiales, etc.), le corresponderá entender a partir del 1º de marzo de 2.001 al Juzgado de Instrucción y Correccional nº CINCO, continuando los Juzgados números: UNO, DOS, TRES, CUATRO y así sucesivamente.

3) Orden de subrogancias:

El orden de subrogancias estará dado por aquel Juez a quien corresponda el próximo turno.

 

ANEXO III
Tercera Circunscripción Judicial

1) Denominación y numeración de los Organismos:

El actual Juzgado de Instrucción nº UNO, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO.

El actual Juzgado en lo Correccional, pasará a denominarse: Juzgado de Instrucción y Correccional nº DOS.

2) Turnos a partir del 1º de marzo de 2.001:

Los Turnos de los Juzgados de Instrucción y Correccional serán mensuales.

Comenzará el turno a partir del 1º de marzo de 2.001 el Juzgado de Instrucción y Correccional nº DOS, estando dicho Juzgado de turno durante los meses impares. En tanto que durante los meses pares, se encontrará de turno el Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO.

Dicha asignación de turnos, para esta Circunscripción, se alternará anualmente, por lo que en el año 2002 el Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO entrará en turno durante los meses impares y el Juzgado de Instrucción y Correccional nº DOS durante los pares y así sucesivamente todos los años.

Con respecto a los turnos de aquellas cuestiones que, en razón de la materia, se le atribuyen a la competencia Correccional (delitos de acción privada, faltas, apelaciones de resoluciones de Juzgados Municipales de Faltas o policiales, etc.), le corresponderá entender a partir del 1º de marzo de 2.001 al Juzgado de Instrucción y Correccional nº UNO continuando el número DOS y así sucesivamente.

3) Orden de distribución para elevación de causas a juicio a las Cámaras en lo Criminal:

El Juzgado de Instrucción y Correccional número UNO elevará las causas para juicio a la Cámara en lo Criminal nº UNO de la Primera Circunscripción Judicial.

El Juzgado de Instrucción y Correccional número DOS elevará las causas para juicio a la Cámara en lo Criminal nº DOS también de la Primera Circunscripción Judicial.

El orden citado precedentemente será de aplicación, también, para las causas que se eleven a las Cámaras en grado de apelación.

3) Orden de Subrogancias:

El orden de subrogancias estará dado por aquel Juez a quien corresponda el próximo turno.

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