ACUERDO Nº 3703: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil veinte, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. José Roberto SAPPA, y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO, y Fabricio Ildebrando Luis LOSI. 

ACORDARON: Prorrogar la feria judicial extraordinaria dispuesta por Acuerdos 3695, 3696, 3700 y Resolución de Presidencia “ad Referéndum” del Superior Tribunal de Justicia N° 65/20, ratificada por Acuerdo 3702, hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, en los términos y condiciones referidos en dichos Acuerdos.

Visto y Considerando: Que mediante Acuerdos 3692, 3693, 3694, 3695, 3696, 3697 y 3700 se establecieron una serie de medidas y pautas de emergencia con el doble propósito de contribuir a preservar la salud de los integrantes del Poder Judicial y de las personas que concurran a los edificios judiciales, y de asegurar el servicio de justicia, en el marco de la situación epidemiológica motivada por la pandemia de Coronavirus (COVID-19).

Que dichas medidas fueron establecidas en consonancia con las dispuestas por las autoridades nacionales y provinciales competentes, en el entendimiento que resulta imprescindible contar con unidad de criterios para combatir eficazmente a dicha enfermedad.

Que mediante Acuerdo 3695 se dispuso feria judicial extraordinaria a partir del día 20 hasta el día 31 de marzo de 2020 para todos los organismos judiciales y administrativos del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, con suspensión de los plazos procesales y sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. 

Que la feria judicial extraordinaria fue prorrogada, primeramente, hasta el 12 de abril (conf. Acuerdo 3696), y, posteriormente, hasta el 28 de abril del corriente año (conf. Acuerdo 3700 y Resolución de Presidencia “ad Referéndum” del Superior Tribunal de Justicia N° 65/20, ratificada por Acuerdo 3702).

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 408/20, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso prorrogar, hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/20 (prorrogado a su vez por Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 325/20 y 355/20), por el cual se estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. 

Que en consonancia con lo allí dispuesto resulta necesario prorrogar la feria judicial extraordinaria hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, en los términos y condiciones referidos en los Acuerdos citados. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, conforme las facultades previstas en el artículo 39, incisos d, e, e i de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE: Primero: Prorrogar la feria judicial extraordinaria dispuesta por Acuerdos 3695, 3696, 3700 y Resolución de Presidencia “ad Referéndum” del Superior Tribunal de Justicia N° 65/20, ratificada por Acuerdo 3702, hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, en los términos y condiciones referidos en dichos Acuerdos. Segundo: Continúase instando a los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial a actuar con compromiso, solidaridad y responsabilidad social en el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias competentes respecto al aislamiento, permanencia en sus domicilios y restricción al máximo posible de la circulación. 

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese.