ACUERDO Nº 3706: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veinte, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. José Roberto SAPPA, y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO y Fabricio Ildebrando Luis LOSI.-

ACORDARON:-

Modificar el artículo 20 del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), incorporar el Título VIII quater y el artículo 71 quinquies al Manual de Organismos y Funciones. Derogar el inciso d) del artículo 64 y el artículo 71 del Manual de Organismos y Funciones.-

Visto y Considerando: Que por Acuerdo 1413, y sus modificatorias, se aprobó la estructura administrativa del Superior Tribunal de Justicia, estableciéndose los organismos y dependencias internas, como así también su finalidad, función y diagrama orgánico.-

Que por razones funcionales y de mejor organización, resulta conveniente efectuar modificaciones al Manual de Organismos y Funciones, específicamente, en el área de la Dirección General de Administración, incorporando dentro de su estructura a la Oficina de Seguridad, estableciendo sus funciones. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Modificar el artículo 20 del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), el que quedará redactado de la siguiente manera:-

“Artículo 20.- Las Secretarías que a continuación se detallan, dependerán directamente de la Dirección General de Administración:
a) Secretaría de Servicios Jurisdiccionales;
b) Secretaría de Economía y Finanzas;
c) Secretaría de Recursos Humanos;
d) Secretaría de Sistemas y Organización;
e) Secretaría Técnica;
f) Secretaría de Jurisprudencia e Información Judicial;
g) Secretaría de Mantenimiento del Centro Judicial de Santa Rosa;
h) Secretaría Legal;
i) Oficina de Servicios Generales;
j) Oficina de Seguridad;
k) Sector Arquitectura; y
l) Sector Mesa de Entradas y Salidas”.

Segundo: Incorporar el Título VIII quater y el artículo 71 quinquies al Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), los que quedarán redactados de la siguiente manera: - 

“TÍTULO VIII Quater.– Oficina de Seguridad”

“Artículo 71 Quinquies.- Son sus funciones:
a) Programar, dirigir y ejecutar los planes, normas y procedimientos conducentes a brindar seguridad, protección y custodia de las instalaciones, personal judicial y terceros en todas las Circunscripciones del Poder Judicial;
b) Coordinar los recursos humanos existentes, propios y los que en colaboración faciliten otros organismos judiciales;
c) Planificar y gestionar los recursos para atender las necesidades de las Circunscripciones Judiciales en materia de seguridad;
d) Elaborar protocolos, disposiciones y circulares, controlando su implementación y cumplimiento;
e) Gestionar y coordinar los recursos técnicos, administrativos y físicos con otras secretarías y oficinas del Poder Judicial a los fines de satisfacer las necesidades de la seguridad en cada Circunscripción Judicial;
f) Proponer programas de capacitación;
g) Requerir información de las distintas Circunscripciones Judiciales respecto de sucesos acaecidos en el ámbito judicial relacionados con la seguridad edilicia, personal o de bienes;
h) Mantener informada a la Dirección General de Administración del Superior Tribunal de Justicia;
i) Relevar periódicamente el estado de funcionamiento de los sistemas de seguridad en cada una de las Circunscripciones Judiciales;
j) Proponer la actualización, sustitución, reparación e incorporación de la tecnología afectada a la seguridad;
k) Convocar ante situaciones de contingencias al personal dependiente de otras secretarías u oficinas;
l) Elevar anualmente a la Dirección General de Administración el requerimiento con afectación presupuestaria para el próximo ejercicio como también aquéllas necesidades que requieran ejecución inmediata;
m) Coordinar junto a la Oficina de Seguridad e Higiene la ejecución de los planes de evacuación como así también toda otra medida atinente a competencias conjuntas de ambas oficinas;
n) Designar en cada Circunscripción Judicial un responsable de ejecutar el plan de evacuación como así también brigadistas;
o) Recepcionar reclamos de magistrados, funcionarios y empleados en cuestiones relacionadas con la seguridad”.

Tercero: Derogar el inciso d) del artículo 64 y el artículo 71 del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias). Cuarto: El presente Acuerdo comenzará a regir a partir del día de la fecha. - 

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. -