Santa Rosa, cabecera de la Primera Circunscripción Judicial, tiene un nuevo juez/a de control. María Paola Frigerio será la primera en ocupar el cargo y, por ello, el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Hugo Oscar Díaz, le tomó juramento en un acto que se desarrolló en el auditorio del Centro Judicial.
Frigerio, que venía desempeñándose en el Tribunal de Impugnación Penal y que comenzó su carrera en el Poder Judicial como pasante, asumió en carácter de jueza sustituta.
En la ceremonia, además de Díaz, estuvieron presentes el ministro José Roberto Sappa, el presidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios, Néstor Daniel Ralli; jueces, fiscales, personal de otros organismos y familiares.
Con la asunción de Frigerio ahora habrá seis jueces y juezas de control en la capital provincial, a los que hay que sumarles cinco en General Pico, sede de la Segunda Circunscripción; dos en General Acha, asiento de la Tercera Circunscripción; uno en 25 de Mayo –dependiente de la Tercera–; y uno en Victorica, sede de la Cuarta Circunscripción.
Los jueces y juezas de control ocupan solo el cargo, ya que no existen juzgados de control con estructuras administrativas. Ellos/as no tienen personal y los calendarios de audiencias se los fijan las Oficinas Judiciales.
Su competencia, como directores del proceso, está fijada en el Código Procesal Penal de La Pampa. Juzgan en  todas las incidencias que se planteen en la investigación fiscal preparatoria y en el procedimiento intermedio, o sea antes de que una causa sea elevada a juicio.
La participación de ellos/as se desarrolla preponderantemente en audiencias (de formalización, control de detención, reexamen, visu, juicio abreviado, suspensión del proceso a prueba, procedimiento intermedio, etc.) y pueden “tener un rol proactivo, en orden a los fines del proceso, siempre y cuando no se afecte la garantía de la imparcialidad”.
También diligencian los exhortos de otras jurisdicciones y dictan sentencias en los juicios abreviados donde las penas de prisión, multa e inhabilitación –en forma exclusiva o conjunta– no superen los tres años.