El Superior Tribunal de Justicia, mediante el acuerdo N° 3652, creó la Unidad de Abordaje, dependiente de la Secretaría de Recursos Humanos, que funcionará en el Edificio Judicial de General Pico. Su objetivo es continuar mejorando las condiciones laborales en el Poder Judicial.

Las funciones de la Unidad según quedaron detalladas en dicho texto, serán: a) asistir y asesorar a los diversos organismos judiciales y administrativos en materia de prevención de conflictos internos; b) abordar situaciones de conflictos estableciendo espacios de diálogo que faciliten su resolución o mitigación; c) implementar acciones que tiendan a instaurar un clima de trabajo favorable; y d) realizar programas de coaching organizacional a fin de afrontar circunstancias problemáticas, de cambio o transformación, que requieran acompañamiento personalizado.

Para dar cumplimiento a ello, la Unidad de Abordaje requerirá formalmente y por escrito la solicitud para intervenir, según especifica el acuerdo. La solicitud deberá “contener los motivos que la originan y podrá ser efectuada por cualquier magistrado, funcionario y/o empleado, individual o colectivamente, a Recursos Humanos”.

Para ello podrán dirigirse personalmente a Calle 22 N° 405, segundo piso, en General Pico o comunicarse a través del teléfono (02302) 325868 o el mail Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Frente a un pedido de traslado, señala el acuerdo, la Unidad efectuará “un análisis detallado sobre su justificación y viabilidad del pedido”. El planteo tendrá que explicar las razones de manera “minuciosa” ya que se tratará “pormenorizadamente durante una entrevista personal”. La gestión final quedará supeditada a los resultados que surjan de esa entrevista, más “el relevamiento y el análisis posterior que haga” dicha dependencia, con la debida justificación y la posterior aprobación del STJ.

Además la Unidad de Abordaje podrá intervenir de oficio con la finalidad de realizar un diagnóstico y/o propuestas de mejora continua.

Argumentos.

Entre los fundamentos de la resolución, el STJ subrayó que las condiciones laborales, en determinadas situaciones, “se ven afectadas por el acaecimiento de conflictos internos que se suscitan en diversos organismos, lo cual resiente la calidad de vida personal y laboral de los integrantes del Poder Judicial y repercute en la calidad de la prestación del servicio de justicia”.

Agregó que “esos conflictos suelen originarse, entre otros motivos, por fallas de comunicación, problemas personales no resueltos, escasez de recursos, inflexibilidad en esquemas de organización o por dinámicas inadecuadas de trabajo (….) Muchas de esas situaciones podrían evitarse, o remediarse, con la implementación de sistemas de detección temprana y abordaje mediante métodos que propicien el diálogo y la búsqueda de soluciones”.

Finalmente, el Superior Tribunal concluyó que por ello “resulta necesario crear canales de comunicación institucional, por medio de los cuales los diversos operadores anoticien las situaciones conflictivas que los aquejan y que pueden ser tratadas por equipos técnicos especializados en la resolución de conflictos”.

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