ACUERDO Nº 3749: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de octubre de dos mil veinte, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. José Roberto SAPPA, y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO y Fabricio Ildebrando Luis LOSI.- 

ACORDARON: -

Modificar el artículo 54 quinquies del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias). -

Visto y Considerando: Que mediante Acuerdo 3652 se creó en el ámbito de la Secretaría de Recursos Humanos del Superior Tribunal de Justicia la Unidad de Abordaje con el objetivo de asistir y asesorar a los organismos judiciales y administrativos en materia de prevención de conflictos internos, facilitando su abordaje y resolución.- - - - - - - Que dado los resultados satisfactorios que se han verificado en las intervenciones de la citada Unidad y con el fin de profundizar la detección temprana de conflictos internos en los diversos organismos judiciales y administrativos y en la realización de relevamientos, diagnósticos y capacitación referentes al clima de trabajo, resulta conveniente crear dentro de dicha Unidad un sector específico dedicado a las citadas tareas. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Modificar el artículo 54 quinquies del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), el que quedará redactado de la siguiente manera:- 


“Artículo 54 quinquies.- Son sus funciones:
a) Asistir y asesorar a los diversos organismos judiciales y administrativos en materia de prevención de conflictos internos;
b) Abordar situaciones de conflictos estableciendo espacios de diálogo que faciliten su resolución o mitigación;
c) Implementar acciones que tiendan a instaurar un clima de trabajo favorable;
d) Realizar programas de coaching organizacional a fin de afrontar circunstancias problemáticas, de cambio o transformación, que requieran acompañamiento personalizado;
e) Realizar relevamientos, diagnósticos y capacitación referentes a sus competencias.
La Unidad de Abordaje contará con un Área de Pre-abordaje, cuyas funciones serán: asistir a la Unidad de Abordaje en la detección temprana de conflictos internos en los diversos organismos judiciales y administrativos; informar a la Unidad de Abordaje el resultado de las visitas efectuadas a los diversos organismos; asistir a la Unidad de Abordaje en la realización de relevamientos, diagnósticos y capacitación que se efectúen; y realizar toda otra función que le asigne la Unidad de Abordaje”.- 

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. - 

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