El 1° de abril de 1954, comenzó sus actividades el Poder Judicial en los albores de la recién declarada Provincia de La Pampa. En sus comienzos el área administrativa estaba a cargo de una única Secretaría de Superintendencia en cuya órbita reunía las funciones más elementales de cada área: Personal, Sueldos y Asistencia; Estadísticas; Archivo; Presupuesto; Legalizaciones; Licencias; Profesionales (matrículas e inscripción); Libros de Fianzas y Sanciones; y Biblioteca. En el año 1996 el Superior Tribunal de Justicia decide dotar al área administrativa con una estructura más sólida, convirtiendo a la Secretaría de Superintendencia en lo que denominan Administración Judicial, conformada por cinco secretarías: Servicios Jurisdiccionales, Economía y Finanzas, Recursos Humanos, Sistemas y Organización y Servicios Generales. En esta instancia se fija la estructura base en la que se apoyaron las siguientes modificaciones administrativas a lo largo de los años. En el año 2001, se definió que la máxima autoridad administrativa se denomine Dirección General de Administración y a diferencia de la composición anterior solo se le sumó la Secretaría Técnica. A partir del año 2020, se incorpora el cargo de Subdirector de Administración quien asiste directamente al Director General en aquellos temas inherentes al cumplimiento de la misión y funciones propias del organismo y de aquellas otras que le sean asignadas.
La Dirección General de Administración depende directamente del Superior Tribunal de Justicia y se relaciona con el mismo por intermedio de la Presidencia, salvo los casos en los que sea convocado o requerido directamente por dicho cuerpo. Su misión comprende la planificación, organización, ejecución y control de las actividades administrativas del Poder Judicial Provincial, en el marco de las políticas, planes y proyectos aprobados por el Superior Tribunal de Justicia. Administrar los recursos para el cumplimiento de los mismos. Integrar y coordinar los planes y proyectos de las distintas dependencias administrativas del Poder Judicial. Formular un plan global anual que será sometido a consideración del Superior Tribunal de Justicia. Controlar el grado de avance de los planes y proyectos aprobados por el Superior Tribunal de Justicia y los desvíos que pudieran producirse.