ACUERDO Nº 3757: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta y un días del mes de octubre de dos mil veinte, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. José Roberto SAPPA, y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Hugo Oscar DÍAZ, Elena Victoria FRESCO, y Fabricio Ildebrando Luis LOSI.- 

ACORDARON:-

Disponer feria judicial extraordinaria para los Juzgados de Paz de Santa Rosa, General Pico, Colonia Santa María y La Humada con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día 31 de octubre hasta el día 8 de noviembre del corriente año, inclusive. Disponer feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Realicó con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día 31 de octubre hasta el día 15 de noviembre del corriente año, inclusive. Prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Toay dispuesta por Acuerdo 3743, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados- hasta el 8 de noviembre del corriente año, inclusive. Prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de 25 de Mayo dispuesta por Acuerdo 3734, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, hasta tanto continúe vigente el régimen dispuesto por Decreto N° 2445/20 del Poder Ejecutivo Provincial. -

Visto y Considerando: Que en el marco de la situación epidemiológica motivada por la pandemia de Coronavirus (COVID-19), este Superior Tribunal de Justicia, en consonancia con las decisiones adoptadas por las autoridades provinciales y nacionales, dispuso una serie de medidas y pautas de emergencia con el doble propósito de contribuir a preservar la salud de los integrantes del Poder Judicial y de las personas que concurran a los edificios judiciales, y de asegurar el servicio de justicia (conf. Acuerdos 3692, 3693, 3694, 3695, 3696, 3697, 3700, 3703, 3705, 3715, 3716, 3718, 3722, 3723, 3724, 3733, 3734, 3739, 3740, 3741, 3742, 3743, 3744, 3753, 3754, 3755 y 3756). -

Que dada la situación epidemiológica y sanitaria respecto de los casos confirmados de Coronavirus (COVID-19) en las localidades de Santa Rosa, General Pico y Toay, mediante Decreto N° 3123, de fecha 30 de octubre de 2020, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso prorrogar “hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive, la etapa denominada ‘Fase 2 – AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y VOLUNTARIO’, declarada para las localidades de Santa Rosa, General Pico y Toay, dispuestas mediante Decretos N° 2869/20, N° 2878/20 y N° 2968/20” (conf. artículo 1 del Decreto N° 3123/20). - 

Que, asimismo, mediante Decreto N° 3124, de fecha 30 de octubre de 2020, dispuso la etapa denominada “Fase 2 – AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y VOLUNTARIO” para la localidad de Realicó, desde el día 31 de octubre hasta el día 15 de noviembre de 2020, inclusive (conf. artículo 1 del Decreto N° 3124/20).- 

Que, por otra parte, desde el 22 de septiembre de 2020, continúa vigente la etapa denominada “Fase 2 – AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y VOLUNTARIO” en la localidad de 25 de Mayo (conf. artículo 1 del Decreto N° 2445/20). -

Que, por último, desde las Secretarías de Recursos Humanos y Servicios Jurisdiccionales, informaron que los Jueces de Paz Titular y Suplentes de los Juzgados de Paz de las localidades de Colonia Santa María y La Humada no se encuentran concurriendo a los citados organismos en virtud de diversas medidas sanitarias relacionadas con la pandemia, razón por la cual existe una evidente imposibilidad material de continuar prestando el servicio de justicia en condiciones adecuadas. -

Que, en virtud de lo expuesto, resulta conveniente disponer una feria judicial extraordinaria con suspensión de plazos –sin concurrencia de funcionarios y empleados- para los Juzgados de Paz de Santa Rosa, General Pico, Colonia Santa María, La Humada (desde el día 31 de octubre hasta el día 8 de noviembre del corriente año) y Realicó (desde el día 31 de octubre hasta el día 15 de noviembre del corriente año); prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Toay dispuesta por Acuerdo 3743 (hasta el día 8 de noviembre del corriente año); y prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de 25 de Mayo dispuesta por Acuerdo 3734 (hasta tanto continúe vigente el régimen dispuesto por Decreto N° 2445/20 del Poder Ejecutivo Provincial). Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, conforme las facultades previstas en el artículo 39, inciso i de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE: Primero: Disponer feria judicial extraordinaria para los Juzgados de Paz de Santa Rosa, General Pico, Colonia Santa María y La Humada con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día 31 de octubre hasta el día 8 de noviembre del corriente año, inclusive. Segundo: Disponer feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Realicó con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, desde el día 31 de octubre hasta el día 15 de noviembre del corriente año, inclusive. Tercero: Prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de Toay dispuesta por Acuerdo 3743, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados- hasta el 8 de noviembre del corriente año, inclusive. Cuarto: Prorrogar la feria judicial extraordinaria para el Juzgado de Paz de 25 de Mayo dispuesta por Acuerdo 3734, con suspensión de plazos -sin concurrencia de funcionarios y empleados-, hasta tanto continúe vigente el régimen dispuesto por Decreto N° 2445/20 del Poder Ejecutivo Provincial. - 

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. - 

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