ACUERDO Nº 3813: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO y José Roberto SAPPA. -

ACORDARON: -

Autorizar que la subrogancia efectuada por el Jefe de Despacho, Agustín Medici, al cargo de Prosecretario en el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial sea retribuida en los términos del artículo 1 de la Ley 1636 –Normas sobre compensación por subrogación para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa- (texto según Ley 3211), y del Acuerdo 3709. -

Visto y Considerando: Que el artículo 1 de la Ley 1636 –Normas sobre compensación por subrogación para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa- (texto según Ley 3211), establece que “[l]as subrogaciones de cargos de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial no generará derecho a retribución alguna”, aclarando que “[e]xcepcionalmente y por razones fundadas, el Superior Tribunal de Justicia podrá autorizar mediante Acordada, una retribución por el cumplimiento de las mismas (…)”.-

Que por Acuerdo 3709, por el cual se aprobó la reglamentación a la Ley 1636, se dispuso que para el otorgamiento de las autorizaciones de retribuciones por subrogancias se “tendrá especialmente en cuenta la efectiva prestación de servicios durante el período subrogado, las mayores tareas y responsabilidades asumidas por el subrogante, la extensión del período de subrogancia, y la contribución efectuada al servicio de justicia” (conf. artículo 3 del Acuerdo 3709).- 

Que conforme surge de la certificaciones obrantes a fs. 5 y 9 y de los informes obrantes a fs. 4 y 14 del Expediente N° 36311 (Reg. del Superior Tribunal de Justicia), el Jefe de Despacho, Agustín Medici, subrogó el cargo de Prosecretario en el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, desde el día 8 de abril al 30 de junio de 2021, con motivo de encontrarse vacante el citado cargo.- 

Que de acuerdo a lo informado por la Secretaria Civil del Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, Dra. Patricia Vanderhoeven, a fs. 4, el Sr. Medici ha efectuado durante el período subrogado una efectiva prestación de servicios que implicó la asunción de mayores tareas y responsabilidades, que en la práctica han significado “confección de providencias en general y resoluciones interlocutorias, suscripción de providencias simples, evacua[r] consultas de sus compañeros de trabajo y de profesionales que intervienen en las causas que tramitan ante [ese] Tribunal, (…) dando fiel cumplimiento a las disposiciones que regulan tal actividad”. - 

Que además de la verificación de la efectiva prestación de servicios durante el período subrogado y las mayores tareas y responsabilidades asumidas por el subrogante, el trabajo desarrollado posibilitó que el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial continúe con su normal funcionamiento, contribuyendo, en consecuencia, a la adecuada prestación del servicio de justicia. -

Que a fs. 16 del Expediente N° 36311 (Reg. del Superior Tribunal de Justicia), la Secretaría Legal informó que en el presente caso se han dado cumplimiento a los requisitos establecidos mediante Acuerdo 3709 para la compensación por subrogación para los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial. -

Que, en virtud de lo aquí merituado, resulta oportuno y conveniente autorizar la retribución de la subrogancia al cargo de Prosecretario en el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial efectuada por el Sr. Agustín Medici. Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 1 de la Ley 1636 (texto según Ley 3211), el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Autorizar que la subrogancia efectuada por el Jefe de Despacho, Agustín Medici, al cargo de Prosecretario en el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial sea retribuida en los términos del artículo 1 de la Ley 1636 –Normas sobre compensación por subrogación para magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa- (texto según Ley 3211), y del Acuerdo 3709. -

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese.

 

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