ACUERDO Nº 3837: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta días del mes de marzo de dos mil veintidós, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Hugo Oscar DÍAZ y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO, Fabricio Ildebrando Luis LOSI, José Roberto SAPPA y Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA.-

ACORDARON: -

Aprobar, como buenas prácticas administrativas, los “Instructivos de Trabajo para las Secretarías y Oficinas Administrativas del Superior Tribunal de Justicia” (ITs) que como Anexo se incorporan al presente.-

Visto y Considerando: Que este Superior Tribunal de Justicia tiene como política institucional la implementación de mecanismos que profundicen la transparencia de sus actos y acrecienten la optimización de sus procedimientos mediante la constante incorporación de desarrollos tecnológicos, de estrategias de innovación y la planificación organizacional (conf. Acuerdos 3404, 3469, 3481, 3518, 3563, 3568, 3610, 3634, 3649, 3683, 3698, 3699, 3708, entre otros). -

Que, en el marco de dicha política institucional, por Acuerdo 3750, se aprobó el documento denominado “Planificación Estratégica Consensuada del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa” y, por Acuerdo 3808, se dispuso que los procedimientos administrativos por ante los organismos dependientes del Superior Tribunal de Justicia se tramiten en expedientes administrativos electrónicos, bajo el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).-

Que en la “Planificación Estratégica Consensuada del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa” se identificaron las fortalezas y debilidades institucionales, y se establecieron una serie de objetivos y cursos de acción para mejorar la administración y gestión de este Poder Judicial.-

Que en el mencionado documento se consignó como uno de los objetivos de administración y gestión, la elaboración de manuales de procedimiento, reglamentación interna y de estilo, para normar los procesos de las diferentes áreas administrativas (conf. Anexo I del Acuerdo 3750).-

Que, en tal sentido, en base a sus competencias (conf. artículos 18 y 19, inciso a, del Manual de Organismos y Funciones), la Dirección General de Administración mantuvo reuniones de trabajo con los titulares de diversas secretarías a fin de elaborar, de manera integrada y consensuada, instructivos de trabajos que establezcan pautas procedimentales para aquellos trámites que, en términos estadísticos, conforman la actividad administrativa usual de este Poder Judicial.-

Que como resultado de dichas reuniones se elaboró el documento titulado “Instructivos de Trabajo para las Secretarías y Oficinas Administrativas del Superior Tribunal de Justicia” (ITs) en el cual se sistematizan y unifican criterios en las actuaciones administrativas, redefiniendo los procedimientos desde una perspectiva ágil, eficiente y eficaz, asegurando la transparencia, publicidad, celeridad y economía de dichas actuaciones. -

Que, principalmente, en los ITs se regulan procedimientos que tramitan ante las Secretarías de Recursos Humanos (v.gr. concursos de ingreso; ingreso de personal permanente; ingreso de personal temporario; concursos de ascenso; licencias, subrogaciones y vacaciones no gozadas; bonificaciones especiales, recategorizaciones y adicionales por título; casos de renuncia y baja por fallecimiento; adscripciones; etc.), de Economía y Finanzas (v.gr. contratación directa por excepción; licitación privada y pública; solicitud de presupuesto de bienes y servicios en pesos o moneda extranjera; etc.), y de Servicios Jurisdiccionales (v.gr. inscripción de peritos; honorarios y adelantos a peritos; y designación de magistrados y funcionarios sustitutos).-

Que en virtud de lo expuesto, prosiguiendo con la política institucional en cuanto a la mejora continua de la gestión, se entiende conveniente aprobar los ITs como buenas prácticas administrativas. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Aprobar, como buenas prácticas administrativas, los “Instructivos de Trabajo para las Secretarías y Oficinas Administrativas del Superior Tribunal de Justicia” (ITs) que como Anexo se incorporan al presente. Segundo: Disponer que la Dirección General de Administración del Superior Tribunal de Justicia podrá, mediante resolución de su Director General, modificar los ITs cuando lo estime conveniente por razones funcionales y de mejor organización.–

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. - 

 

 

 

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