ACUERDO Nº 3863: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de agosto de 2022, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Hugo Oscar DÍAZ y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO, Fabricio Ildebrando Luis LOSI, José Roberto SAPPA y Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA.

CONSIDERANDO:

1) Que mediante Acuerdos 3577 y 3633 se crearon las Oficinas de Objetos Secuestrados para la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, y una delegación para la Cuarta Circunscripción Judicial, todas ellas dependientes de la Secretaría Técnica de este Superior Tribunal de Justicia.
Asimismo, se aprobó el “Reglamento de las Oficinas de Objetos Secuestrados”, que regula su conformación, funciones, los objetos susceptibles de guarda y el procedimiento de ingreso y salida de los objetos secuestrados, entre otros.

2) Que la Oficina de Objetos Secuestrados de la Primera Circunscripción Judicial presentó un proyecto de “Manual de Procedimiento para la Oficina de Objetos Secuestrados” por el cual se estandarizan, bajo protocolos de actuación, las diversas actividades llevadas a cabo por dichas oficinas (v.gr. ingreso y recepción de paquetes; registro en sistema; inventario general; salida temporal o definitiva de paquetes; decomiso y destrucción de objetos, etc.).

3) Que la Secretaría Técnica del Superior Tribunal de Justicia, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 4, incisos a) y b) del Acuerdo 3577, tomó intervención valorando positivamente los procedimientos establecidos en el Manual puesto a consideración.

4) Que, en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta que con la adopción del citado Manual de Procedimiento se sistematizarán y unificarán criterios de actuación que contribuirán al desarrollo ágil, eficiente y eficaz de las actividades realizadas por las Oficinas de Objetos Secuestrados, se entiende conveniente proceder a su aprobación.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia,

RESUELVE:

Primero: Aprobar, como buenas prácticas administrativas, el “Manual de Procedimiento de la Oficina de Objetos Secuestrados”, que como Anexo se incorpora al presente.
Segundo: Disponer que la Secretaría Técnica del Superior Tribunal de Justicia podrá, mediante resolución, modificar el mencionado Manual de Procedimiento cuando lo estime conveniente, por razones funcionales y de mejor organización.

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese.


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