ACUERDO Nº 3513: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil diecisiete, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia, Dr. Fabricio Ildebrando Luis LOSI, y los Sres. Ministros, Dres. José Roberto SAPPA y Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA. -

ACORDARON:-

Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la designación de magistrados y funcionarios sustitutos para diversos organismos de las Circunscripciones Judiciales. -

Visto y Considerando: Que por Ley 2952 se modificaron los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial, estableciendo un nuevo procedimiento para la designación de magistrados y funcionarios sustitutos del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa. -

Que en el nuevo régimen se dispone que en los casos de suspensión, licencia, vacancia u otro impedimento, que exceda el plazo de sesenta (60) días y siempre que la observancia del orden de subrogancia previsto por la citada ley acarrease inconvenientes serios, objetivos y fundados al servicio, este Cuerpo comunicará dichas circunstancias al Poder Ejecutivo Provincial, el cual deberá, en base al padrón vigente, designar al magistrado o funcionario sustituto que ocupará transitoriamente el cargo correspondiente (conf. artículo 19 de la Ley 2574).-

Que mediante Nota N° 93/17, de fecha 21 de abril del corriente año, el Sr. Ministro de Gobierno y Justicia, Dr. Daniel Pablo Bensusán, solicitó al Superior Tribunal de Justicia que establezca el procedimiento por el cual informará al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio a su cargo, que se encuentran dadas las circunstancias del artículo 19 de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial. -

Que por Nota N° 53/17, de fecha 17 de mayo de 2017, el Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Hugo Oscar Díaz, informó que la comunicación se efectuará mediante acordadas del Cuerpo. -

Que, actualmente, se encuentran en curso treinta y cuatro (34) sustituciones de las cuales treinta y tres (33) comenzaron bajo el régimen anterior y cuyos plazos de vigencia finalizan, en la casi totalidad de los casos, el día 30 de junio de 2017.-

Que treinta y dos (32) de las actuales sustituciones se deben a vacancias en diversos organismos del Poder Judicial (aclarándose que tres -3- de ellas –las correspondientes a las Defensorías Penales con sede en la ciudad de Santa Rosa y la Defensoría Civil con sede en la ciudad de General Acha- serán cubiertas los días 2 y 9 de junio de 2017 en virtud de los juramentos que se tomarán a los titulares designados por Decretos del Poder Ejecutivo Provincial Nros. 1016/17, 1115/17, y 1336/17, conforme lo dispuesto por Acuerdos 3510, 3511 y 3512) y dos (2) a licencias. -

Que al día de la fecha subsisten las circunstancias que motivaron la mayoría de las sustituciones vigentes dado que perdura la situación de vacancia en los cargos sustituidos como así también las inconveniencias en la observancia del orden de subrogancia previsto en la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial. -

Que, en este sentido, corresponde comunicar al Poder Ejecutivo Provincial que subsisten las circunstancias previstas en el artículo 19 de la Ley 2574 –Orgánica del Poder Judicial- que motivaron las sustituciones en curso, solicitándose las designaciones correspondientes. -

Que, asimismo, cabe destacar que por Nota N° 52/17 de Presidencia del Superior Tribunal de Justicia se ha solicitado la opinión del Sr. Procurador General en lo que concierne a las circunstancias relativas a los organismos del Ministerio Público, el cual por nota N° 134/17, de fecha 22 de mayo de 2017, ha contestado que subsiste la necesidad de nombrar sustitutos en los cargos que se encuentran vacantes.-

Que, por último, también se informa la necesidad de designar un magistrado sustituto para el nuevo Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la ciudad de General Pico. -

Que, en efecto, de conformidad al artículo 11 de la Ley 2969 -de Presupuesto General de la Provincia de La Pampa para el ejercicio del año 2017- se encuentra previsto el cargo de Juez de Primera Instancia para el citado Juzgado Laboral. Asimismo, por Ley 2983 se ha modificado el artículo 78 de la Ley 2574 incorporándose a la Ley Orgánica del Poder Judicial el Juzgado referido. Por otra parte, recientemente, este Superior Tribunal de Justicia ha realizado todas las adecuaciones edilicias y de equipamiento para el inicio del nuevo organismo. En virtud de lo dicho, hoy puede afirmarse que están dadas las condiciones legales y materiales necesarias para la puesta en funcionamiento del nuevo Juzgado Laboral de la Segunda Circunscripción Judicial, procurando con ello una ostensible mejora en el servicio de justicia. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en el artículo 19 de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial (texto según Ley 2952), el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Comunicar al Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se encuentran dadas las circunstancias previstas en el artículo 19 de la Ley 2574 –Orgánica del Poder Judicial- en los organismos que se indican en el Anexo I del presente, solicitándose la correspondiente designación de magistrados y funcionarios sustitutos.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que, previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

ANEXO I

Organismos en los cuales se encuentran dadas las circunstancias del artículo 19 de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial y para los cuales se solicita
la correspondiente designación de magistrados y funcionarios sustitutos

I.- Primera Circunscripción Judicial:

  • Dos (2) Jueces de Control con sede en la ciudad de Santa Rosa;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 3;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° 2;
  • Juez del Juzgado de la Familia y del Menor N° 2;
  • Secretario (Civil y Asistencial) del Juzgado de la Familia y del Menor N° 2;
  • Secretario (Penal) del Juzgado de la Familia y del Menor N° 2;
  • Secretario del Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras N° 1;
  • Fiscal del Ministerio Público Fiscal con sede en la ciudad de Santa Rosa;
  • Secretario de Tercera Instancia de la Procuración General.

II.- Segunda Circunscripción Judicial:

  • Juez de Audiencia de Juicio;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 1;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 2;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 3;
  • Juez del Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras;
  • Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° 2;
  • Juez del Juzgado de la Familia y del Menor N° 1;
  • Juez del Juzgado de la Familia y del Menor N° 2;
  • Secretario (Civil y Asistencial) del Juzgado de la Familia y del Menor N° 2;
  • Dos (2) Fiscales del Ministerio Público Fiscal con sede en la ciudad de General Pico;
  • Prosecretario en el Ministerio Público Fiscal con sede en la ciudad de General Pico.

III.- Tercera Circunscripción Judicial:

  • Juez de Control con asiento en la ciudad de General Acha;
  • Fiscal del Ministerio Público Fiscal con sede en la ciudad de General Acha;
  • Defensor en lo Civil y Penal del Ministerio Público de la Defensa con sede en la ciudad de General Acha;
  • Defensor Penal del Ministerio Público de la Defensa con sede en la ciudad de General Acha;
  • Asesor de Menores con sede en la ciudad de General Acha;
  • Sub-Jefe de la Oficina Judicial.

IV.- Cuarta Circunscripción Judicial:

  • Juez de Control con sede en la ciudad de Victorica.
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