ACUERDO Nº 3919: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintidós días del mes de septiembre de 2023, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia, Dr. Fabricio Ildebrando Luis LOSI, y los Sres. Ministros, Dres. José Roberto SAPPA, Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y Hugo Oscar DÍAZ.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 97, inciso 5, de la Constitución Provincial dispone que son atribuciones y deberes del Superior Tribunal de Justicia, “(…) preparar anualmente su presupuesto de gastos e inversiones para su consideración por la Cámara de Diputados, informando al Poder Ejecutivo (…)”.
En tal sentido, corresponde enviar a la Cámara de Diputados el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Poder Judicial para el ejercicio 2024, diseñado conforme las necesidades operativas y funcionales de este Poder, lo que en cada uno de los Anexos respectivos se detalla.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia,

RESUELVE:

Primero: Aprobar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Poder Judicial previsto para el ejercicio 2024, que como Anexo se adjunta al presente.
Segundo: Remitir fotocopia certificada del presente Acuerdo y su Anexo para la consideración de la Cámara de Diputados de la Provincia y al Poder Ejecutivo para su información.

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese.

ANEXO

PRESUPUESTO DEL PODER JUDICIAL
Ejercicio 2024

Este Superior Tribunal de Justicia, en su carácter de titular del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, establece mediante la presente Acordada, el presupuesto para el ejercicio 2024. Al respecto, resulta de vital importancia destacar que las previsiones cualitativas y cuantitativas fueron establecidas considerando requerimientos mínimos e indispensables para prestar un adecuado servicio de justicia, procurando asegurar el cumplimiento de las necesidades básicas de los organismos jurisdiccionales y administrativos que lo integran.
Asimismo, cabe mencionar que varios de los requerimientos detallados en el presente proyecto fueron volcados en presupuestos anteriores, subsistiendo hoy en día la necesidad de su atención.
A los efectos de una mejor exposición de las necesidades presupuestarias, las mismas se desarrollan en Títulos, de acuerdo a la temática específica tratada.

TITULO PRIMERO
PERSONAL Y CARGOS PRESUPUESTARIOS

En primer término se realiza un detalle pormenorizado de las necesidades de cargos presupuestarios, teniendo en cuenta los distintos organismos jurisdiccionales y administrativos, con los fundamentos que justifican cada petición. A modo de resumen, como Anexo I, se adjuntan dos tablas con los distintos requerimientos realizados.

1. ORGANISMOS JURISDICCIONALES

1.1. Superior Tribunal de Justicia

1.1.1. Sala “A” - Competencia Civil, Comercial, Laboral y de Minería
A los fines de completar su estructura jerárquica, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Secretario de Tercera Instancia, para dotar de mayor eficiencia y celeridad la tramitación de las causas cuya competencia corresponde a esta Sala, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo 3328.
Por otra parte, conforme fuera requerido para el ejercicio 2023, a los fines de jerarquizar al personal que integra la misma, se solicita UNA (1) categoría de Oficial Superior de Segunda.

1.1.2. Sala “B” – Competencia Penal
Conforme fuera expuesto en la solicitud para el ejercicio presupuestario 2023, el artículo 133 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, instituye que cada Secretaría Judicial contará con una Prosecretaría, siendo esta Sala la única que carece en su estructura de tal figura, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Prosecretario.

1.1.3. Sala “C” – Demandas originarias y cuestiones constitucionales
A los fines de equiparar gradualmente la planta de funcionarios de esta Sala a las restantes, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia.
Esta categoría ha sido solicitada al momento de su creación y puesta en funcionamiento, en el año 2015.
Adicionalmente, teniendo en consideración la estructura de la planta de personal que se desempeña en ella y las tareas que éstos desarrollan, se reitera la solicitud de la asignación de UNA (1) categoría de Jefe de Despacho para su jerarquización mediante el respectivo concurso de ascenso.

1.1.4. Creación de Sala “D”
Mediante Acuerdo 3682, en el año 2019, se asignó a la Secretaría Legal dependiente de la Dirección General de Administración, la función de Secretario Permanente del Jurado de Enjuiciamiento y Superintendencia Notarial; y, por Acuerdo 3816, en el año 2021, se creó el área de Sumarios Administrativos en el Poder Judicial.
Por otra parte, conforme las funciones establecidas por el Manual de Organismos y Funciones, el Secretario de Acuerdos es quien actúa como Secretario de la Sala Administrativa del Superior Tribunal de Justicia.
El cada vez más creciente y complejo ejercicio de las funciones que conllevan cada una de las competencias referenciadas, torna necesario y conveniente, por razones de especialidad y complejidad, unificar tales funciones en una nueva Sala del Superior Tribunal de Justicia.
Por lo expuesto, a los fines de dotar de personal a esta nueva Sala se solicita la asignación de UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia y UN (1) cargo de Escribiente.

1.2. FUEROS
1.2.1. Fuero Civil
1.2.1.1. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería con competencia en la Primera y Tercera Circunscripción
Con relación a esta Cámara, se propicia su ampliación mediante la creación de una nueva Sala, para lo cual se requiere la asignación de UN (1) cargo de Juez de Cámara y UN (1) cargo de Prosecretario, este requerimiento responde a las necesidades motivadas por el incremento en el número y complejidad de causas.

1.2.1.2. Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería con competencia en la Segunda y Cuarta Circunscripción
Considerando el número de causas que ingresan y la complejidad de las cuestiones que allí se sustancian es necesario reforzar la dotación de personal con DOS (2) cargos de Escribientes.

1.2.1.3. Oficina de Gestión Común para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial
Luego de un proceso gradual de implementación, el 1 de febrero de 2023 se puso en funcionamiento la Oficina de Gestión Común para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial disponiéndose la afectación de la totalidad de la dotación del personal correspondiente a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 a la Oficina de Gestión Común.
Con el objeto de completar la estructura se requiere la asignación de UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia y UN (1) cargo de Prosecretario, que se destinarán a la Unidad de Admisión y Seguimiento de Causas y de Despacho-Procesos Contradictorios, atento el cúmulo y complejidad de tareas que se desarrollan en esta Unidad; y, UN (1) cargo de Prosecretario, que permitirá optimizar el servicio con la puesta en funcionamiento la subunidad de Casos Conciliables y Subunidad de Ejecución.
Asimismo, se requiere la asignación de DOS (2) categorías de Jefe de Despacho y DOS (2) cargos de Escribiente para jerarquizar y reforzar la estructura organizacional.

1.2.1.4. Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Tercera Circunscripción Judicial
Conforme fuera requerido en el año 2023, el notable incremento en el ingreso de causas y la necesidad de dotar de mayor dinamismo a la labor diaria en la Tercera Circunscripción Judicial, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Escribiente.

1.2.2. Fuero Ejecución, Concursos y Quiebras
1.2.2.1. Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial
Con el objeto de jerarquizar al personal que integra este organismo, en virtud de la multiplicidad de tareas que desempeñan, compatibles con categorías superiores, y teniendo en consideración las categorías que detentan los empleados de los restantes Juzgados de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Provincia, es que se solicita la asignación de UNA (1) categoría de Oficial Superior de Segunda.

1.2.3. Fuero de Familia
1.2.3.1. Oficina de Gestión Judicial para los Juzgados de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes de la Primera Circunscripción Judicial
En el marco de la política institucional de innovación y modernización que viene llevando el Poder Judicial de La Pampa, a partir del 1 de agosto de 2022, se creó esta oficina, un organismo único y común a los juzgados del fuero cuyo objeto es gestionar los recursos materiales, el personal y los procesos administrativos y jurisdiccionales asistiendo en la gestión y tramitación de las causas que ingresan para su conocimiento.
La misma está integrada con la totalidad de los funcionarios, funcionarias y agentes de los mencionados Juzgados y, además se reforzará con los que oportunamente asigne el Superior Tribunal de Justicia.
A los fines de continuar con este proceso, se requieren TRES (3) categorías de Prosecretario y TRES (3) categorías de Jefe de Despacho para jerarquizar las Unidades de Despacho y; por otra parte, para reforzar la estructura existente se requiere la asignación de DOS (2) cargos de Jefe de Despacho para la incorporación de un psicólogo y un asistente social y DOS (2) cargos de Escribiente.

1.2.3.2. Juzgados de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes Nros. 1 y 2 de la Segunda Circunscripción Judicial
Considerando el número de causas que ingresan al fuero y la complejidad y celeridad con la que deben resolverse las cuestiones que allí se sustancian es necesario reforzar las dotaciones de personal de ambos juzgados por lo que se solicita la asignación de CUATRO (4) cargos de Escribiente para ingreso de personal -dos en cada Juzgado-.

1.2.3.3. Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes de la Tercera Circunscripción Judicial
En el mismo sentido que lo expuesto para la Oficina de Gestión para los Juzgados de Familia y para los Juzgados de este fuero en la Segunda Circunscripción, la temática abordada requiere premura y celeridad en la atención y resolución de situaciones que no admiten dilación. Por ello se requiere la asignación de UN (1) cargo de Escribiente para reforzar la dotación de personal existente.

1.2.3.4. Secretarías Civiles de los Juzgados de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes de todas las circunscripciones
Tal como fuera expuesto en proyectos de presupuesto anteriores, en los últimos años se ha producido un incremento sostenido de ingreso de expedientes en las Secretarías Civiles, los cuales en su mayoría requieren un análisis pormenorizado y, en muchos casos, interdisciplinario que oriente a la adopción de medidas protectivas en circunstancias sumamente complejas, a ello debe sumarse que la visibilización de cuestiones vinculadas a la violencia de género han ocasionado un incremento sostenido de ingreso de causas, las que también requieren un abordaje específico y cuidado que garantice la adecuada preservación y atención de la totalidad de las cuestiones involucradas. En simultáneo, además se observa un incremento de procesos de alimentos y de contenido patrimonial.
Por lo expuesto, se advierte la necesidad de reforzar todas las Secretarías Civiles de los Juzgados de este fuero, por lo que se solicita la asignación de Cuatro (4) cargos de Secretario de Primera Instancia.

1.2.4. Fuero Laboral
1.2.4.1. Juzgados de Primera Instancia en lo Laboral Nros. 1 y 2 – Primera Circunscripción Judicial
En virtud al número de causas que ingresan y especialidad de las cuestiones que allí se sustancian es necesario reforzar la dotación de personal con DOS (2) cargos de Escribiente, uno para cada organismo jurisdiccional; y teniendo en consideración la estructura de personal de ambos juzgados, se solicita la asignación de Dos (2) categorías de Oficial Superior de Segunda, uno para cada organismo.

1.2.4.2. Juzgado de Primera Instancia Laboral N° 2 – Segunda Circunscripción Judicial
Por Ley 2983 se modificó el artículo 78 de la Ley 2574 – Orgánica del Poder Judicial, incorporando en la Segunda Circunscripción Judicial un nuevo Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral.
A su turno, se dotó a dicho organismo, por Ley 2969 de Presupuesto General de la Provincia de La Pampa para el ejercicio del año 2017, de un cargo de Juez de Primera Instancia.
Por Acuerdo 3543, se puso en funcionamiento al Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral N° 2, a partir del 5 de febrero de 2018 y se estableció que hasta tanto se dispongan cargos de Secretario, y Prosecretario, los mismos estarían a cargo del Secretario del Juzgado de Primera Instancia Laboral N° 1.
Por lo tanto, atento el tiempo transcurrido desde la puesta en funcionamiento, y en virtud al número de causas que ingresan y especialidad de las cuestiones que allí se sustancian, y a fin de una mejor prestación del servicio de justicia, es necesario reforzar la dotación de personal con UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia.

1.2.5. Fuero Penal
1.2.5.1. Tribunal de Impugnación Penal
Este Tribunal entiende en la resolución de los recursos que se interponen contra las decisiones de los restantes Tribunales de la Provincia, para realizar esta labor, cada uno de los jueces requiere de la colaboración de un empleado en particular que cumple un rol de relator, auxiliando en el estudio de temáticas especializadas para la toma de decisiones, motivo por el cual, tal como fuera requerido para los ejercicios 2022 y 2023, se reitera la solicitud de la asignación de TRES (3) categorías de Jefe de Despacho, a los fines de jerarquizar a los empleados que desempeñan esta tarea.

1.2.5.2. Juzgado de Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial
Como fuera expuesto proyectos de presupuestos anteriores -2021, 2022 y 2023-, dicho organismo cuenta con un equipo técnico compuesto por profesionales en la rama de la psicología y asistencia social, quienes asisten a los Magistrados en las diferentes intervenciones que hacen a su temática concreta dentro del proceso de “Ejecución Penal” (conf. arts. 422 a 458 del Código Procesal Penal - Ley 3192, y lo dispuesto por la Ley 24.660 – Ejecución de la Pena Privativa de Libertad-). Desde hace un tiempo, todas aquellas intervenciones se han venido incrementando, debido al aumento de condenados que cumplen pena en comisarías. Asimismo, la velocidad en la que funciona el sistema penal con el instituto del Juicio Abreviado, generó que las personas condenadas aumenten rápidamente, haciendo que el número de condenados sobre el cual trabajan los profesionales del Equipo Técnico sean alrededor de mil –de los cuales setecientos son condenas de ejecución condicional y trescientos con penas de efectivo cumplimiento-.
En mérito de lo expuesto, dado que subsisten las necesidades manifestadas precedentemente, resulta imprescindible aumentar la planta de personal, asignando a dicho organismo DOS (2) Cargos de Jefe de Despacho para propiciar la incorporación de un Psicólogo y un Asistente en Trabajo Social.
Adicionalmente, dada la complejidad, dedicación e importancia en el análisis que requieren los legajos de todas las causas penales que involucran violencia contra la mujer, se requiere la asignación de UN (1) cargo de Prosecretario que permita organizar el trabajo de una manera más eficiente, dividiendo el área de ejecución en dos grandes sectores, una dedicada a las personas privadas de la libertad y otra a las personas con condena condicional –en tanto que en este sector se tramitan todas las condenas de violencia contra la mujer-.

1.2.6. Centro Público de Mediación Judicial
La Ley 2699 "Ley de Mediación Integral", en el artículo 9 establece que "las autoridades de aplicación de los Centros Públicos dispondrán reglamentariamente las medidas relativas a su organización, donde se incluyan los recursos humanos e infraestructura"; por lo que, en atención al incremento de intervenciones y complejidad que reviste la gestión de las tareas que deben llevarse a cabo en las Oficinas de Mediación, es necesario reforzar la planta de personal en la Tercera y Cuarta Circunscripción Judicial, con la asignación de DOS (2) cargos de Escribiente.

2. ORGANISMOS ADMINISTRATIVOS
2.1. Oficina de la Mujer y de Violencia Doméstica
Esta Oficina, tiene como funciones principales promover políticas orientadas a la inclusión de la perspectiva de género en el ámbito del Poder Judicial y, en los casos de violencia doméstica, brindar asistencia y asesoramiento a las personas afectadas.
Ante la necesidad de establecer áreas con cierta autonomía para la toma de decisiones, conforme las diversas acciones que se llevan a cabo, resulta insuficiente la estructura jerárquica y la cantidad de personal con la que cuenta en la actualidad, es por ello que se requiere la asignación de UN (1) cargo de Prosecretario y UN (1) Escribiente, para desarrollar las tareas administrativas que complementan a las realizadas por las áreas técnicas.

2.2. Oficina de Archivo de Prensa, Protocolo y Relaciones Institucionales
Por Acuerdo 2059 del Superior Tribunal de Justicia, se dispuso que la Oficina de Archivo de Prensa, Protocolo y Relaciones Institucionales estará a cargo y contará con el personal que designe dicho Superior Tribunal y que dependerá del Presidente de dicho Cuerpo.
En su estructura actual no cuenta con personal administrativo que asista al Funcionario a cargo de dicha dependencia; tal escenario torna necesario asignar UN (1) cargo de Escribiente, para que colabore en el desarrollo de las tareas que tiene asignada esa Oficina.

2.3. Dirección General de Administración
La Dirección General de Administración tiene como función principal dirigir y supervisar la actividad de todas las Secretarías y Oficinas que se encuentran bajo su dependencia.
Se ha observado que las tareas a cargo de esta Dirección han sufrido un notorio incremento, tanto en su volumen como en su complejidad, debido en gran parte al mayor número de Secretarías y Oficinas que de ella dependen (trece en total), como así también al aumento de trabajo en dichas dependencias.
Que, no obstante la independencia funcional de las Secretarías mencionadas, con el propósito de lograr mayor agilidad y eficacia en la atención de las cuestiones que se suscitan en los distintos organismos, resulta necesario contar con personal jerarquizado dentro del ámbito de la Dirección General de Administración, que se encargue del seguimiento de sus proyectos, coordinación, gestión, ejecución y control de todas de las tareas que llevan a cabo en las mismas. En tal sentido, se solicita la asignación de CINCO (5) categorías de Prosecretario y UNA (1) categoría de Oficial Mayor.
Por último, con el objeto de contribuir al mejoramiento constante de la labor que desarrolla este órgano administrativo, consistente, sobre todo, en la planificación, organización, ejecución y control de las actividades administrativas del Poder Judicial Provincial, en el marco de las políticas, planes y proyectos aprobados por el Superior Tribunal de Justicia, se solicita la asignación TRES (3) categorías de Escribiente para incorporar profesionales con formación en gestión y administración.

2.3.1. Secretarías Administrativas
2.3.1.1. Secretaría Legal
Esta Secretaría se incorporó como dependencia de la Dirección General de Administración a partir del año 2020; teniendo en consideración su relevante actuación en la atención adecuada de las diversas cuestiones legales y reglamentarias que se presentan en el ámbito administrativo, resulta pertinente contar con personal jerarquizado que colabore con el titular del organismo, en la función especial de dictaminar en todas las cuestiones administrativas que la Dirección General de Administración somete a su consideración, por lo que se requiere la asignación de DOS (2) categorías de Jefe de Despacho. En este sentido, contemplando la reciente formación de esta Secretaría, se estima necesario, para completar la estructura organizacional, solicitar la asignación de UN (1) cargo de Escribiente.

2.3.1.2. Secretaría de Servicios Jurisdiccionales
En atención a la diversidad, complejidad y tenor de las tareas asignadas a esta Secretaría, las que implican una función interna e interacción con distintos órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, tanto como externos a este, se solicita la asignación de DOS (2) categorías de Jefe de Despacho, con el objeto de lograr una jerarquización del personal que la integra.

2.3.1.2.1. Oficinas Forenses
A los fines de jerarquizar al personal profesional que integran las Oficinas de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial se solicita la asignación de TRES (3) categorías de Jefe de Despacho, y TRES (3) cargos de Jefe de Despacho para reforzar la planta de personal profesional de la Oficina Forense con sede en General Acha, con dos ingresos, y el restante para Oficina con sede en General Pico; CINCO (5) categorías de Auxiliar Superior, para jerarquizar a los auxiliares técnicos evisceradores de dichas oficinas; y VEINTE (20) categorías de Jefe de Departamento, para jerarquizar y equiparar a todo el personal profesional médico, psiquiatra, psicólogo y asistente social.
Por otra parte, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Auxiliar de Segunda para la incorporación de un auxiliar Técnico Eviscerador en la Segunda Circunscripción Judicial.
Asimismo, y tal como ha sido solicitado en varios presupuestos anteriores, se solicita la asignación de un adicional por actividad crítica, para los Médicos Forenses y sus Auxiliares, tal y como está previsto en la Ley N° 1279 de Carrera Sanitaria, ya que debido a las tareas que realizan están en contacto directo con fluidos corporales en descomposición, altamente tóxicos, apertura de féretros, etc. El mismo, deberá ser fijado en un diez por ciento (10%) sobre la suma de los rubros sueldo básico y adicional general de la categoría de Jefe de Departamento del Poder Judicial.

2.3.1.2.2. Oficinas de Mandamientos y Notificaciones
Con igual tenor que en presupuestos de años anteriores, se reitera el pedido de la asignación de una bonificación especial del diez por ciento (10%) sobre la suma de los rubros Sueldo Básico y Adicional General de la categoría Jefe de Departamento, como compensación a las circunstancias que rodean la prestación del servicio de los Oficiales Notificadores y Oficiales de Justicia de todas las Circunscripciones Judiciales, los que se ven expuestos –en numerosas oportunidades- a situaciones de riesgo físico y psíquico.
Por otra parte, se solicita la asignación de QUINCE (15) categorías de Jefe de Despacho con el objeto de jerarquizar y equiparar a todos los oficiales notificadores que desempeñan esta tarea en las distintas circunscripciones judiciales.
Asimismo, se solicita asignar UNA (1) categoría de Prosecretario, para jerarquizar y reconocer la responsabilidad asumida por el personal con funciones en la Oficina de Mandamientos y Notificaciones con sede en General Acha, en atención al esfuerzo y dedicación de prestar servicio para toda la Tercera Circunscripción Judicial

2.3.1.2.3. Juzgados de Paz
Al respecto, resulta necesaria la asignación de un total de CINCO (5) cargos de Escribiente, los cuales serán distribuidos en los Juzgados de Paz de las siguientes localidades: Carro Quemado, Colonia Santa Teresa, Limay Mahuida, Luan Toro y Puelén.
Con el objeto de incorporar a la planta de los juzgados mencionados, los empleados que se requieren para su integración, ya que actualmente aquellos cuentan sólo con el titular, a fin de brindar la asistencia necesaria para la realización de las tramitaciones propias y las derivadas por los distintos organismos jurisdiccional, es que se requiere la asignación de cargos de Escribientes, los que son reiteración de solicitudes en presupuestos anteriores.

2.3.1.3. Secretaría Técnica
Con la finalidad de reconocer la labor realizada y jerarquizar el recurso humano existente, se solicita la asignación de UNA (1) categoría de Jefe de Despacho.
Asimismo, se solicita la incorporación de UN (1) cargo de Escribiente, con objeto de reforzar su estructura actual de personal, para que colabore en el desarrollo de las tareas administrativas que tiene asignada esa Oficina.

2.3.1.3.1. Unidad de Asistencia al Juez de Control en la Tercera Circunscripción Judicial-25 de Mayo
Este Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo 3840, dispuso que a partir del 22 de abril de 2022 comience a prestar tareas el Juez de Control de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en 25 de Mayo; quién es asistido por la Oficina Judicial con sede en General Acha. No obstante, en la actualidad se han visto incrementadas las funciones que esta unidad cumple, no sólo en número sino también en complejidad, resultando imperiosa la necesidad de contar en Cnia. 25 de Mayo con la dotación de personal que asista al Juez de Control de manera directa e inmediata, por lo que se solicita de UN (1) cargo de Escribiente y UN (1) cargo de Prosecretario.

2.3.1.3.2. Oficinas Judiciales con sede en General Pico y General Acha
Asimismo, para las Oficinas Judiciales con sede en General Pico y General Acha, se solicita la asignación de DOS (2) cargos de Escribiente, uno para cada unidad de organización, para reforzar su planta de personal, en función al incremento de tareas y complejidad de las mismas.
Con la finalidad de jerarquizar y equiparar a otros organismos, se solicita la asignación de DOS (2) categorías de Jefe de Despacho para la Oficina Judicial de la Tercera Circunscripción; y DOS (2) categorías de Oficial Mayor para jerarquizar el personal de la Oficina Judicial de la Segunda Circunscripción Judicial.

2.3.1.3.3. Oficina Objetos Secuestrados
Se solicita la asignación de UNA (1) categoría de Jefe de Despacho para la Oficina con sede en General Pico y UNA (1) categoría de Prosecretario, para Oficina con sede en Santa Rosa; a los fines de jerarquizar al personal de esas unidades de organización.

2.3.1.4. Secretaría de Sistemas y Organización
Las tareas que desarrolla esta Secretaría crecen exponencialmente debido a los cambios que ha traído consigo la implementación de los sistemas de gestión de expedientes -SIGE para el Fuero Civil, SIGELP en el Fuero Penal- a lo que se le suma, cambios en la normativa de forma que conllevan la adecuación de tales sistemas a las nuevas exigencias, y las constante tareas de desarrollo y programación en el marco de una política institucional de mejora del servicio para todos los operadores judiciales.
Por otra parte, a los fines de concluir con la jerarquización de las jefaturas se requiere la asignación de DOS (2) categoría de Oficial Superior de Primera.
Asimismo, en conocimiento del amplio mercado laboral, a nivel nacional e internacional, existente para el personal que se desempeña en éste área, a los fines de lograr una propuesta competitiva se requiere la asignación de DIECISIETE (17) categorías de Jefe de Despacho, para jerarquizar a la totalidad del personal con formación tecnológica que presta servicios en las distintas circunscripciones.
Por último, se solicita la asignación de CINCO (5) cargos de Escribientes, para reforzar el plantel de las áreas del sector infraestructura, desarrollo y de atención de usuarios.

2.3.1.5. Secretaría de Recursos Humanos
Considerando la composición actual de esta Secretaría y su competencia, la importancia que revisten los Recursos Humanos en las organizaciones y la celeridad en la atención que la temática requiere, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia que colabore en la toma de decisiones y en la resolución de situaciones que se plantean a diario.
Por otra parte, para continuar con el proceso de sectorización, con el afán de lograr una mejor organización y respuesta a los trámites en general, se requiere la asignación de UNA (1) categoría de Prosecretario.
Por último, en razón del incremento de organismos del Poder Judicial en las distintas circunscripciones, es imperante contar en las mismas con personal especializado para brindar una mejor atención, por lo que solicita la asignación de UN (1) cargo de Jefe de Despacho para incorporar un médico de reconocimiento en la Segunda Circunscripción Judicial y UN (1) cargo de Escribiente para establecer una Delegación de dicha Secretaría en la Tercera Circunscripción Judicial.

2.3.1.6. Secretaría de Jurisprudencia e Información Judicial
Esta Secretaría asume también la gestión de actividades del Centro de Capacitación Judicial, adicionalmente a la actividad de relevamiento de Jurisprudencia, propia de la misma; por lo que, estas dos funciones que resultan de vital importancia para el funcionamiento del Poder Judicial imponen la necesidad de asignar UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia.
Es así que, con los mismos recursos humanos atiende cargas administrativas y logísticas derivadas de la contratación, programación y ejecución de cursos y actividades del Centro de Capacitación. Por lo manifestado, se solicita la asignación de TRES (3) cargos de Escribiente.

2.3.1.7. Secretaría de Biblioteca, Archivo General e Imprenta
Dado que esta Secretaría tiene la función de coordinar y dirigir la Red de Bibliotecas Judiciales, el Archivo General y Registro de Juicios Universales y la Imprenta del Poder Judicial, resulta necesario contar con funcionarios responsables en estos sectores, tan diversos entre sí, por lo que se requiere la asignación de TRES (3) cargos de Prosecretario para la Biblioteca Anexo, el Archivo y la Imprenta Judicial de Santa Rosa.
En el mismo sentido, atendiendo que no cuenta con personal jerárquico en su estructura y, dada la cantidad de organismos que radican en la Tercera Circunscripción, se requiere la asignación de UNA (1) categoría de Jefe de Despacho jerarquizar el personal de la Biblioteca de General Acha.
Por último, se requiere la asignación de DOS (2) categorías de Jefe de Despacho para el Archivo Judicial de Santa Rosa y de General Acha, uno para cada organismo; y UN (1) cargo de Escribiente para reforzar planta de personal del Archivo Judicial de General Pico.

2.3.1.8. Oficina de Servicios Generales
La misión de la Oficina de Servicios Generales es administrar y proveer a los distintos organismos del Poder Judicial los servicios e insumos necesarios en cantidad, calidad y oportunidad, lo cual requiere de una estructura administrativa que permita identificar y decidir sobre cuestiones de mero trámite que se presentan a diario, las que exigen una atención y resolución eficaz y eficiente; por ello, a los fines de jerarquizar al personal de dicha unidad de organización se solicita la asignación de UNA (1) categoría de Oficial Superior de Segunda y DOS (2) categorías de Jefe de Despacho.

2.3.1.9. Secretaría de Mantenimiento –Centro Judicial Santa Rosa
Dicha Secretaría tiene a su cargo el mantenimiento general del edificio del Centro Judicial de la ciudad de Santa Rosa, realizando diariamente trabajos de mantenimiento y reparaciones de las diversas averías que presenta el mismo con la planta de personal con la que cuenta actualmente. Al respecto, debe considerarse que tales tareas exigen una gestión administrativa necesaria para llevarse a cabo. Por lo que, se solicita la asignación de UNA (1) categoría de Jefe de Despacho, para jerarquizar al personal administrativo que integra esa unidad funcional.

2.3.1.10. Oficina de Seguridad.
Esta oficina tiene a su cargo programar, dirigir y ejecutar los planes, normas y procedimientos conducentes a brindar seguridad, protección y custodia de las instalaciones, personal judicial y terceros en todas las Circunscripciones del Poder Judicial, a tal efecto, es necesario incorporar personal para cumplir estas tareas en la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, por lo que se requiere la asignación de DOS (2) cargos de Auxiliar de Segunda.

2.3.1.11. Secretaría de Economía y Finanzas
Con la finalidad de jerarquizar la oficina de Compras y Contrataciones, un sector de suma importancia, no sólo para la Secretaría de Economía y Finanzas, sino también para la administración del Poder Judicial, toda vez que concentra la totalidad de los trámites de licitaciones, contrataciones y compras directas de bienes y servicios que tienen como destino la totalidad de los organismos judiciales de la provincia de La Pampa, se solicita la asignación UN (1) cargo de Secretario de Primera Instancia.
Además, dicho cargo permitirá focalizar los esfuerzos en el diseño e implementación de la política institucional de este Poder Judicial, orientada a brindar a los contratistas un mayor acceso y facilitación en los trámites de compras, a través del sistema de Gestión Documental Electrónica; lo que, además, garantizará la igualdad de oportunidades y optimizará el seguimiento de esos procesos.

3. Ingresos en el marco de la Ley 2226 “Régimen especial de protección integral para personas con discapacidad”
Con igual tenor que en presupuestos anteriores y en cumplimiento de lo establecido en el art. 4 del Decreto Nº 842/07, se solicita UN (1) cargo de Escribiente, a los fines de lograr la formación y empleo de personas con discapacidad.

4. Ley 3320 sobre “Inserción y Estabilidad Laboral de Personas Travestis, Transexuales y Trasgérno”
La Ley 3320 estableció un régimen especial para garantizar la inserción y estabilidad laboral de personas travestis, transexuales y transgénero, en el ámbito de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de esta Provincia, procurando “su contratación y empleo a los fines de garantizar el derecho al trabajo”.
Por Acuerdo 3902, el Superior Tribunal de Justicia, aprobó el “Protocolo para el ingreso de personas travestis, transexuales y transgénero al Poder Judicial de la Provincia de La Pampa”; por lo que, para cumplir con el mismo, se solicita la asignación de UN (1) cargo de Escribiente.

5. Recategorización de personal por Acuerdo Paritario
Con el objetivo de cumplimentar eficientemente con las pautas de ascenso establecidas mediante Disposición Nº 026/14 de la Subsecretaría de Trabajo del Ex-Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia de La Pampa, por el cual se homologó el Acuerdo Paritario N° 1, se solicita la asignación de un total de CIENTO TREINTA UN (131) categorías, obrando en el Anexo I –Tabla II el detalle de las mismas, de las cuales CUARENTA (44) son necesarias para culminar con el proceso de Recategorizaciones correspondiente al año 2023.
Con las categorías referidas, y de obtenerse la aprobación de desempeño de aquellos que cumplan las condiciones de antigüedad previstas, será posible atender el proceso de recategorización de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE (279) agentes judiciales –Setenta y uno (71) correspondientes al año 2023 y DOSCIENTOS OCHO (208) para el año 2024-.
Debe tenerse en consideración que, una vez realizado el proceso descripto, se procederá a la devolución de una misma cantidad de categorías a fin del ejercicio, de manera que no representa un incremento en la planta de personal judicial.

TÍTULO SEGUNDO
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

Para la estimación de los créditos presupuestarios se han considerado las pautas económicas y financieras informadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de La Pampa, las que coinciden con las estimadas por el Gobierno Nacional en la elaboración de su presupuesto:

Proyecciones de Precios y Tipo de cambio a Diciembre de cada año
Variable Unidad 2023 2024
IPC Var. % i.a. 114,51% 99,70%
TCN $/U$D 375,00 672,00

A continuación, se explican sucintamente los fundamentos de los créditos presupuestarios solicitados, ofreciendo en Anexo II un resumen cuantitativo de los mismos.

A. Partidas para Atender Erogaciones Corrientes - Funcionamiento
Se detallan aquí los requerimientos presupuestarios para el normal funcionamiento del servicio de justicia. Los importes solicitados se sustentan en proyecciones del gasto en base a los contratos vigentes, adjudicaciones de licitaciones de bienes y servicios en curso, el consumo de los distintos servicios públicos, seguros y demás obligaciones periódicas, regulación de honorarios y la planificación de compras y contrataciones futuras, que corresponde se imputen al ejercicio financiero 2024.
La estimación de las partidas para la atención de los sueldos del personal judicial es calculada por el Poder Ejecutivo Provincial. En esta estimación debe incluirse el crédito para atender la creación de cargos solicitados en el Titulo I.

1. Servicios Extraordinarios (29)
En este punto se consideran los créditos presupuestarios para atender el gasto correspondiente a Servicios Extraordinarios, para lo cual se han tenido en cuenta las necesidades actuales y futuras que justifican la utilización de esta bonificación estímulo para la consecución de los objetivos jurisdiccionales y administrativos.

2. Asistencia Social al Personal- Indumentaria (2224)
Esta partida contempla el importe necesario para atender la asignación al personal para indumentaria de trabajo, en cumplimiento del Acuerdo Paritario oportunamente celebrado con la representación gremial, la estimación para el año 2024 se realizó previendo efectivizar dos asignaciones de indumentaria durante el año.
En la estimación se tuvo en cuenta un importe equiparable con los utilizados por otras reparticiones de la provincia, ajustado por la pauta informada por el Ministerio de Hacienda y Finanzas provincial y tomando en consideración las modificaciones en la planta de personal.

3. Bienes de Consumo (32) (8881)
El crédito en este rubro se requiere a fin de atender de forma eficiente las necesidades de insumos básicos para que el personal desarrolle normalmente las diferentes tareas, tanto en el ámbito administrativo como jurisdiccional.
Las erogaciones más significativas comprenden la adquisición de repuestos para equipamiento informático, cartuchos de tóner, útiles de oficina provistos por el Departamento de Compras y Suministros de la Provincia, insumos para abastecimiento de las Morgues Judiciales, asignación de cajas chicas para distintos organismos, suscripciones mensuales a diarios, elementos de limpieza con destino a los Juzgados de Paz y repuestos para vehículos oficiales.
Se incluye, además, el importe para cubrir la adquisición de los insumos necesarios con destino a la impresión y encuadernación de los ejemplares de la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de La Pampa que serán entregados en la Ceremonia de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional y a la Constitución de la Provincia de La Pampa a los alumnos de tercer año de Educación Secundaria de los establecimientos de gestión pública y privada, conforme lo dispuesto por Ley Provincial 3370.

4. Bienes de Consumo - Ciudad Judicial (8787)
El importe solicitado en esta partida es necesario para concretar el mantenimiento que demandan anualmente las instalaciones del Centro Judicial de Santa Rosa, a fin de permitir su adecuado funcionamiento.
En este aspecto, debe tenerse en consideración que existen equipos, maquinarias e instalaciones, que requieren el reemplazo de partes, repuestos y materiales, o un mantenimiento más habitual.
Se encuentran comprendidas en esta partida, las erogaciones en concepto de adquisición de materiales y repuestos varios para la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo de todas las instalaciones edilicias, lámparas para las luminarias y demás materiales eléctricos, correas, rodamientos, válvulas y filtros, entre otras erogaciones. También se incluyen en este rubro los gastos en elementos necesarios para cumplir con las normas de seguridad e higiene edilicias.

5. Combustibles y Lubricantes (8791)
Este rubro prevé el gasto que demanda el consumo de combustible para el abastecimiento de los vehículos oficiales de las cuatro circunscripciones judiciales tanto para diligencias habituales – mandamientos y notificaciones– como así también para la realización de comisiones de servicio y traslados, dentro y fuera de la provincia.
Se encuentra comprendida también la adquisición de gas oil para la operación de los grupos electrógenos del Centro Judicial de Santa Rosa.

6. Servicios No Personales (35) (8882)
Los importes de estas partidas tienen por objeto atender las erogaciones en concepto de servicios básicos requeridos en todos los inmuebles, sean propios o alquilados, en los que funciona el Poder Judicial, con excepción del Centro Judicial de Santa Rosa.
Comprende gastos en concepto de reparaciones varias, mantenimiento preventivo de ascensores y otras instalaciones presentes en los edificios judiciales y convenios institucionales con Municipalidades de la provincia por cesión de espacios físicos para funcionamiento de Juzgados de Paz.
Se imputan también a esta partida los impuestos y tasas municipales, servicio de fotocopiado, mantenimiento y reparaciones de equipamiento informático, mantenimiento de matafuegos, monitoreo de alarmas y la asignación de cajas chicas para distintos organismos judiciales, entre otras erogaciones.

7. Servicios No Personales – Capacitación (36)
Se imputarán en esta partida los gastos de las distintas jornadas proyectadas por el Centro de Capacitación Judicial y las requeridas por otros organismos a ese Centro, en las cuales sea necesario afrontar pagos en concepto de honorarios a los disertantes, gastos de traslado y estadía, según sea el caso.
Para el Superior Tribunal de Justicia la capacitación es una herramienta potente y necesaria para el buen desempeño de magistrados, funcionarios y empleados. Por lo cual resulta imprescindible contar con los recursos económicos que garanticen la eficiencia en su articulación.

8. Servicios No Personales – Pericias (38)
Para este rubro se consideraron los gastos que se originan con motivo de las diversas pruebas periciales ordenadas por los jueces en los procesos civiles, laborales y penales, comprendiendo tanto los habituales honorarios como las erogaciones en concepto de adelanto de los mismos, incorporados por el artículo 450 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de La Pampa, referidos a la parte que posee o tramita el beneficio de litigar sin gastos, situación que se verifica en un gran número de litigios.
Comprende también los anticipos para gastos de pericias.

9. Servicios No Personales – Pasantías (3330)
El importe comprende el pago de la asignación mensual para cuarenta y siete (47) alumnos de la Universidad Nacional de La Pampa que desarrollan pasantías en dependencias jurisdiccionales y administrativas.
El resultado altamente satisfactorio que brinda el desempeño de los pasantes en el desarrollo de las tareas diarias motiva y alienta a mantener la continuidad de los convenios de pasantías vigentes y la vinculación con los mismos, quienes reciben una inmejorable formación en el ejercicio de la profesión.

10. Servicios No Personales – Software (5898)
En esta partida se incluyen los gastos de licencias necesarias para el funcionamiento y actualización de los equipos informáticos, las licencias antivirus y back up de los distintos sistemas utilizados en los ámbitos jurisdiccional y administrativo que garanticen la ciberseguridad y consistencia de los datos de toda la organización.
Se contempla además, en esta partida, el costo mínimo de mantenimiento del Sistema de Subastas Electrónicas, implementado por este Poder Judicial desde marzo de 2022.
También, con esta partida, se atienden los gastos correspondientes a las suscripciones anuales referidas a material bibliográfico especializado que se adquiere en forma de licencia a operadores informáticos de reconocida trayectoria en el mercado jurídico, lo cual, en la actualidad, no sólo complementa sino que prácticamente suplanta el material jurídico tradicional en soporte papel.
Resulta importante destacar que muchas de las licencias utilizadas se encuentran valuadas en moneda extranjera (dólares), por lo que para su estimación se ha tomado como base la cotización del dólar (promedio) informado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas provincial.

11. Servicios No Personales – Mediación (7348)
Para esta partida presupuestaria se estimó el gasto correspondiente al pago de los honorarios regulados a los profesionales del derecho que actúan en carácter de Mediadores y Defensores ad hoc, de conformidad a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 2699 –Ley de Mediación Integral- y en el artículo 48 del Acuerdo 3277 –Reglamentación de la Mediación Judicial Obligatoria- (Título IV de la Ley 2699).
Cabe destacar que la unidad de cálculo para la regulación de honorarios es el UMed, creado por artículo 68 de la Ley 2699 a tal fin, y su valor se fija anualmente en la Ley Impositiva.

12. Honorarios ad hoc - Ley 2574 (3629)
En este rubro se ha estimado el monto necesario para hacer frente a los aranceles previstos en la Ley 2574 - Orgánica del Poder Judicial, para los casos en que se designen Conjueces y Funcionarios ad hoc.

13. Servicios No Personales – Alquileres (4441)
El importe de esta partida se estimó considerando el costo de los contratos de locación de inmuebles que se encuentran vigentes a la fecha, y que tienen por objeto dotar al servicio de justicia de espacios físicos adecuados, tanto para el personal como para las partes y público en general que acuden a los mismos.
Para el cálculo se tuvieron en cuenta los valores vigentes de los contratos y los ajustes en el precio de los alquileres previstos en la Ley Nacional 27551 y la Ley Provincial 3311.

14. Servicios No Personales - Ciudad Judicial (5530)
Resulta válido lo expresado en el punto 4. Bienes de consumo – Ciudad Judicial (8787), pero en relación con los servicios no personales de distinto tipo que resulta necesario contratar para el mantenimiento general del edificio del Centro Judicial de Santa Rosa.
Así, en esta partida se imputarán rubros tales como el mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de climatización, de la central telefónica y del sistema de detección de incendios, el mantenimiento de ascensores y matafuegos, y el servicio de desinfección y desinsectación del edificio, como también todos los gastos de mantenimiento y reparaciones en general.

15. Servicios No Personales - Electricidad, Agua y Gas (8793)
Esta partida comprende, con carácter estimado en base al consumo, las erogaciones correspondientes a la provisión de los servicios públicos básicos, tales como energía eléctrica, agua de red y gas natural, de los inmuebles donde funcionan las dependencias judiciales.

16. Servicios No Personales – Comunicaciones (8794)
Con esta partida se atiende el servicio de transporte de datos brindado por la empresa provincial EMPATEL SAPEM y otros proveedores del ramo. Los servicios referidos cotizan en moneda extranjera, estimándose su costo en pesos en base al tipo de cambio (promedio) informado por el Ministerio de Hacienda y Finanzas provincial.
Esta partida también contempla los importes a erogar, estimados en base al consumo de los servicios de telefonía básica y móvil, servicio postal y abono de internet básico entre otros.

17. Servicios No Personales - Gastos Bancarios (8795)
Comprende los pagos al Banco de La Pampa por los gastos relacionados con el mantenimiento de las cuentas corrientes con que opera la Tesorería del Poder Judicial.

18. Servicios No Personales - Limpieza de Edificios Judiciales (8796)
Comprende el gasto para atender los contratos de servicios de limpieza vigentes a la fecha, que se prestan tanto en edificios propios como en los inmuebles alquilados, referidos en punto 13. Alquileres, en los cuales funcionan organismos de las cuatro circunscripciones judiciales.
Para el cálculo se tuvieron en cuenta los valores vigentes de los contratos y los ajustes por redeterminación de precios conforme Ley Provincial 3105.

19. Servicios No Personales - Policía Adicional (8797)
Se trata de servicios contratados mediante convenio con la Policía de la Provincia de La Pampa para vigilancia de distintos organismos en las cuatro circunscripciones judiciales, conforme las necesidades manifestadas por la Oficina de Seguridad del Poder Judicial.
El valor se ha estimado teniendo en cuenta el costo actual del servicio adicional que se viene prestando, ajustado por la pauta informada por el Poder Ejecutivo Provincial.

20. Servicios No Personales – Seguros (8798)
Esta partida se refiere a pólizas y gastos de seguros de automotores, de edificios y el obligatorio de vida patronal.

21. Otros - Aportes a Ju.Fe.Jus. y Foro Patagónico (39)
En esta partida se imputa el gasto referido a los aportes anuales que se realizan al Foro Patagónico de Superiores Tribunales de Justicia y a la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus.).

B. Partidas para Atender Erogaciones de Capital
Como se ha expresado en los presupuestos de los años 2021, 2022 y 2023, se plantea un esquema de mejora gradual del estado actual de los bienes de este apartado, solicitándose asignaciones presupuestarias superiores a las habituales, en el presente y en sucesivos presupuestos, de manera de acortar la brecha con los requerimientos actuales de bienes de capital, y a fin de garantizar un piso de inversión en tecnología que permita sostener los sistemas de gestión vigentes a la vez que implementar nuevos cambios o servicios.

1. Equipamiento (40)
El importe requerido para esta partida, de acuerdo a lo expresado anteriormente, resulta de atender una parte de las necesidades relevadas, ejecutándose el gasto de acuerdo a la fijación previa de prioridades.
- Equipamiento Informático (centro de cómputos, comunicaciones, telefonía y equipos multimedia): en este aspecto resulta oportuno destacar el constante proceso de digitalización llevado adelante por el Poder Judicial en el ámbito jurisdiccional a través del SIGeLP (fuero penal) y del SIGE (fuero no penal), y en las áreas administrativas con la implementación de GDE (Gestión Documental Electrónica). La generalización y uso obligatorio del legajo o expediente electrónico requiere del respaldo de equipamiento robusto, actualizado y seguro, de modo que se garantice el acceso online de calidad, a todos los actores, las 24 horas del día.
Para ello, resulta primordial la actualización de equipamiento de redes para garantizar las velocidades mínimas necesarias de un sistema de gestión aceptable, esto implica la adquisición o renovación de servidores de procesamiento de datos, UPS y equipos de firewall para el correcto soporte y resguardo de toda la información, entre otras inversiones de capital de carácter estratégico para una adecuada y moderna prestación de los servicios estatales que garanticen la ciberseguridad y consistencia de los datos de toda la organización.
Además, resulta prioritaria la adquisición de equipamiento para la central telefónica que atiende al Superior Tribunal de Justicia y al Centro Judicial de Santa Rosa, encontrándose la misma con una antigüedad que imposibilita conseguir repuestos y cuyo mantenimiento es altamente costoso.
También es necesario el mantenimiento de las Salas de Audiencias que posee actualmente el Poder Judicial en los distintos fueros (más de 15), y la instalación de nuevas salas de grabación ante el hecho de que las dependencias civiles necesitan disponer cada vez más de ellas debido a los cambios de procedimiento que se han venido sucediendo, buscando evitar demoras en la fijación de Audiencias.
- Vehículos: tal lo expresado en anteriores presupuestos, el parque automotor del Poder Judicial necesita de renovación e incorporación de nuevos vehículos, de manera de disminuir significativamente la antigüedad promedio de la flota, no sólo en términos de años de uso y kilometraje, sino también en términos de actualización tecnológica, en especial los vinculados a la seguridad (ABS, airbag, control de estabilidad).
Del relevamiento realizado, resulta oportuno reiterar que la necesidad se traduce en la adquisición de 7 vehículos nuevos, de los cuales debieran ser tres (3) vehículos medianos pick up 4x2 (para diligencias judiciales, notificaciones y comisiones) y cuatro (4) utilitarios (para las áreas de servicios: servicios generales, mantenimiento y sistemas).
La incorporación paulatina y gradual de vehículos permitirá la desafectación (o entrega en parte de pago) de aquellos que actualmente generan gastos excesivos en servicios de mantenimiento y reparación, haciendo más eficiente la ejecución y destino del gasto.
Por lo expuesto se solicita contar, para el ejercicio 2024, con el crédito suficiente para adquirir, como mínimo, dos (2) vehículos medianos pick up y un (1) utilitario.
- Otros: se corresponde con la adquisición de herramientas, matafuegos, estabilizadores, switchs, elementos de seguridad y otros de bienes de capital que deben adquirirse regularmente para atender la demanda de las distintas áreas.

2. Equipamiento de Bibliotecas (4038)
Se atienden los gastos correspondientes a la adquisición de material bibliográfico especializado, en soporte papel, a operadores de reconocida trayectoria en el mercado jurídico.

3. Inversión Administrativa (41)
En esta partida, al igual que lo referido en 1. Equipamiento (40), se plantea la ejecución de erogaciones que resultan menores a los requerimientos detectados en las distintas áreas, priorizando los siguientes ítems:
- Computadoras de Escritorio, impresoras y scanners. Como se ha expresado al referirse a la inversión necesaria en equipamiento informático, la generalización del uso del legajo y expediente electrónico requiere que el personal judicial cuente con computadoras con hardware y software que soporten adecuadamente las distintas aplicaciones que se utilizan en el trabajo diario.
El relevamiento del parque informático arroja una necesidad de adquirir más de quinientas (500) computadoras, considerando las que requieren de una pronta renovación o reemplazo por su estado de obsolescencia y las necesarias para atender la cobertura de nuevos puestos de trabajo que no cuentan con las mismas.
Con el objeto de retomar una gradual actualización del parque informático y proveer de PC a una parte de los puestos de trabajo que carecen de los mismos, en este ítem se solicita se prevea crédito presupuestario para la adquisición de al menos doscientas (200) computadoras de escritorio, y la incorporación de veinticinco (25) monitores de 24”, cinco (5) equipos de digitalización y (5) impresoras láser multifunción.
- Telefonía IP. Comprende la adquisición de teléfonos IP para continuar el proceso de renovación de los equipos de telefonía que actualmente poseen los organismos de la primera circunscripción judicial y el inicio gradual de tal proceso en los organismos de la segunda y tercera circunscripción judicial.
- Escritorios, armarios, sillas y otros muebles de trabajo. Se requiere inversión en estos ítems para instalar nuevos puestos de trabajo, para renovar o reemplazar aquellos que han quedado inutilizables por rotura u otras causas del uso habitual, y para organizar eficientemente los espacios físicos de trabajo.
- Otros: completa el importe solicitado la previsión para adquirir equipos acondicionadores de aire, materiales para adecuación de inmuebles y otros de bienes de capital que deben adquirirse regularmente para atender la demanda de las distintas áreas.

4. Aportes de Capital
Este crédito presupuestario está destinado a la suscripción de acciones de entidades prestadoras de servicios públicos, cuando ello resulte necesario para acceder a dichos servicios.

5.- Obras o Trabajos Públicos
En Anexo III se detallan las obras públicas que se requieren al Ministerio de Obras y Servicios del Poder Ejecutivo Provincial, para una mejor prestación del servicio de justicia, proponiendo un orden de prioridad en cuanto su trámite y ejecución.

C. Recursos de afectación específica y cuentas especiales.
Bajo este acápite se incluyen los importes que se estima recaudar por aplicación de los dispuesto en el Código Procesal Civil y Comercial de la Pampa, esto es, multas aplicadas en virtud del art. 271 3er. párrafo, depósitos perdidos originados por el artículo 274, en aquellas causas en que se encuentre firme la denegación del recurso extraordinario provincial y multas procesales previstas por el artículo 36 inciso 3; como así también aquellos importes que se recauden por aplicación de la Ley 2574, a saber: costas y honorarios regulados acorde a lo dispuesto por el artículo 108, y multas impuestas de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 34. La recaudación por los conceptos aquí detallados será destinada al fomento de la Biblioteca y del Centro de Capacitación, según se establece en el Acuerdo 2987.
También contiene el monto que se estima recaudar en concepto de tasas retributivas del servicio de mediación judicial abonadas por quienes requieran dicho servicio en las cuatro circunscripciones. La recaudación por el pago de las mencionadas tasas conformará, junto a otros recursos, el Fondo de Financiamiento destinado a solventar la retribución y honorarios de los profesionales intervinientes en los procesos de mediación en que las partes cuenten con beneficio de litigar sin gastos o acrediten la imposibilidad de abonarlos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 2699 –Ley de Mediación Integral.
Por último, como parte de este punto, se solicita delegar en el Superior Tribunal de Justicia la asignación del destino de los recursos provenientes del cobro de la tasa “Impresiones/Publicaciones de la Imprenta Judicial”.
Tales conceptos de detallan en Anexo IV.

TITULO TERCERO
PRESUPUESTO DEL MINISTERIO PÚBLICO, CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, TRIBUNAL ELECTORAL Y JURADO DE ENJUICIAMIENTO

Como Anexo V, se incorpora lo relativo al Proyecto de Presupuesto del Ministerio Público, remitido oportunamente por el Procurador General.
Finalmente, es dable destacar que el Poder Judicial Provincial asume con su presupuesto el costo de funcionamiento del Consejo de la Magistratura y del Tribunal Electoral, como así también del Jurado de Enjuiciamiento. Por la naturaleza e independencia funcional de los tres organismos citados, se acompañan por separado los Anexos VI, VII y VIII, respectivamente.


Anexo I



ANEXO II
CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 01 – SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA


ANEXO III
OBRAS O TRABAJOS PÚBLICOS
A REALIZAR A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

Orden de prioridad:
1. Demolición de pantalla (columna decorativa) Centro Judicial Santa Rosa.
2. Remodelación general y cambio de cubierta de techo edificio Avda. San Martín Oeste N° 152. Juzgado Electoral y Consejo de la Magistratura.
3. Ampliación edificio, pintura y remodelación exterior e interior, impermeabilización de techos del Superior Tribunal de Justicia -urgente-.
4. Refacciones varias y pintura Edificio Judicial de General Pico.
5. Reordenamiento del espacio destinado a estacionamientos en el Edificio Judicial de General Pico.
6. Implantación de césped e instalación de sistema de riego en estanques del Centro Judicial de Santa Rosa.
7. Nuevo edificio judicial para la localidad de 25 de Mayo.
8. Nuevo Centro Judicial para la localidad de General Pico.


ANEXO IV
ESTIMACIÓN DE RECURSOS DE AFECTACIÓN ESPECÍFICA Y CUENTAS ESPECIALES


ANEXO V

En lo que atañe al Presupuesto presentado como proyecto por el MINISTERIO PÚBLICO de la Provincia de La Pampa, con arreglo a lo establecido en el artículo 88 de la Ley 2574 -Orgánica del Poder Judicial- y en virtud de la atribución que dicha norma da a este Superior Tribunal de Justicia en lo que concierne a su incorporación al presupuesto general del Poder Judicial.


ANEXO VI

Debido a la autonomía funcional que la Constitución provincial le otorga al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, se presenta su presupuesto separadamente del Presupuesto del Poder Judicial.
Mediante el respectivo Acuerdo, se fijaron las previsiones presupuestarias para su funcionamiento durante el ejercicio 2024, las cuales se detallan a continuación.


ANEXO VII

El presupuesto del TRIBUNAL ELECTORAL de la Provincia de La Pampa, se presenta separadamente del Presupuesto del Poder Judicial, dada la autonomía que la Constitución Provincial le otorga.
En este sentido, mediante Acuerdo Nº 415/2023, de fecha 12 de septiembre de 2023, se establecieron las previsiones presupuestarias para el ejercicio 2024, de conformidad al siguiente detalle:


ANEXO VIII

Dado el carácter constitucional del JURADO DE ENJUICIAMIENTO, y conforme lo establecido en el artículo 53 de la Ley Provincial 313, se incluyen en el presupuesto del Poder Judicial las previsiones presupuestarias para su funcionamiento:

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