ACUERDO Nº 3542: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Hugo Oscar DÍAZ y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO, Fabricio Ildebrando Luis LOSI, José Roberto SAPPA y Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA.-

ACORDARON:-

Modificar los artículos 45, 45 bis, 45 ter y 49 e incorporar los artículos 54 bis, 54 ter y 54 quáter al Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias). -

Visto y Considerando: Que por razones funcionales y de mejor organización, resulta conveniente efectuar modificaciones al Manual de Organismos y Funciones (conf. Acuerdo 1413 y sus modificatorias), creando diversas delegaciones de las Secretarías de Economía y Finanzas y de Recursos Humanos del Superior Tribunal de Justicia a fin de procurar atender con mayor eficiencia las cuestiones que se suscitan en los distintos organismos. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Modificar los artículos 45, 45 bis, 45 ter y 49 del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:-

“Sector Delegados Contables:

Artículo 45.- Con excepción de la Primera Circunscripción Judicial, en las restantes Circunscripciones funcionará una Delegación de la Secretaría de Economía y Finanzas, a cargo de un responsable que reportará directamente al Secretario; con la categoría que oportunamente disponga el Superior Tribunal de Justicia”.

 

“Artículo 45 bis.- El Delegado colaborará con el Secretario a cargo, en el desarrollo de las funciones asignadas a dicha dependencia y en todas aquellas que éste le asigne en el marco de su competencia”.

 

“Artículo 45 ter.- Son sus funciones:

a) Atender la tramitación inherente al aprovisionamiento de bienes y contratación de servicios, de acuerdo a las instrucciones que al efecto imparta el Sector de Compras y Contrataciones;

b) Cumplir con las normas referidas al mantenimiento de los muebles, inmuebles y servicios;

c) Atender todos los servicios administrativos y contables que le sean encomendados por la Secretaría de Economía y Finanzas y que correspondan a la Circunscripción en la que se desempeña.

 

Sin perjuicio de las funciones detalladas precedentemente, las Delegaciones Contables tendrán las siguientes funciones en particular:

A) De Tesorería:

1. Intervenir como nexo entre la Tesorería del Poder Judicial y los proveedores.

2. Efectuar trámites bancarios.

3. Requerir de los proveedores la comunicación de la información correspondiente a su cuenta bancaria donde se efectuarán los pagos, debiendo requerirle al proveedor la apertura en caso de no contar con la misma.

4. Si la cuenta bancaria no fue informada con anterioridad a la Contaduría General de la Provincia, asesorar respecto de la confección del “Formulario para informar cuenta bancaria para el pago mediante interdepósito”, el cual deberá ser generado desde la página oficial del Gobierno de la Provincia, acompañando al mismo constancia del CBU de la cuenta emitida por la institución bancaria.

5. Brindar asesoramiento sobre retenciones impositivas efectuadas o a efectuarse en función a las inscripciones impositivas que detente el proveedor.

6. Comunicar los pagos a proveedores, gestionando la obtención del correspondiente recibo de pago, cuando la operación lo requiera.

7. Administrar la Caja Chica asignada, debiendo rendirla periódicamente a la Tesorería adjuntando los comprobantes por los gastos abonados, debiendo los mismos cumplir con los requisitos exigidos por la AFIP, confeccionados a nombre del Poder Judicial y con condición de venta de contado.

8. Proceder a la cancelación de la Caja Chica en el mes de diciembre con la rendición documentada y devolución a la cuenta corriente de gastos del Poder Judicial del monto excedente.

9. Brindar asesoramiento a Funcionarios y Empleados en temas administrativos.

10. Recibir y remitir correspondencia con destino a la Tesorería.

B) De Contabilidad, Presupuesto y Bienes Patrimoniales:

1. Recepcionar los comprobantes de gastos realizados en su circunscripción, verificando la validez de los mismos de acuerdo a las normas de facturación vigente.

2. Remitir a la Sección Contabilización de la Secretaría de Economía y Finanzas, los comprobantes de gastos y la recepción de conformidad de los bienes o servicios adquiridos, para efectuar su liquidación y orden de pago.

3. Analizar los estados de deuda con los distintos proveedores tramitando, en caso de corresponder, el descargo de los pagos realizados.

4. Atender consultas y reclamos de los proveedores.

5. Realizar liquidación de viáticos de los choferes y demás personal dependiente que así lo requiera.

6. Estimar gastos corrientes para la elaboración del anteproyecto de presupuesto.

7. Proceder a la identificación de Bienes de Capital colocando la etiqueta correspondiente.

8. Asistir en la confección de los distintos formularios correspondientes al ingreso, movimiento y egreso de Bienes de Capital.

9. Elaborar el acta correspondiente según lo establecido en el artículo 14 del Acuerdo 2080/05 –Reglamento de Bienes Patrimoniales-.

C) De Sueldos:

1. Brindar asesoramiento sobre los conceptos que contiene el recibo de sueldo y su impresión.

2. Proporcionar la información necesaria ante requerimientos por parte de los agentes con el fin de completar el Formulario 572, referido a los conceptos que se pueden deducir en el Impuesto a las Ganancias y de Asignaciones Familiares.

3. Requerir al personal ingresante la documentación necesaria para su alta, tales como certificación de antigüedad, situación familiar, título, etc.

D) De Compras y Contrataciones:

1. Recepcionar solicitudes de áreas de su jurisdicción y solicitar cotizaciones/presupuestos a proveedores locales (previa verificación de que los mismos reúnen los requisitos legales/fiscales para ser contratado) y remitirlos al Sector Compras y Contrataciones para continuar el trámite.

2. Gestionar las notificaciones mediante órdenes de entrega, órdenes de compra, copias certificadas de resoluciones, etc., de las contrataciones para la provisión de bienes y servicios.

3. Gestionar la notificación a los proveedores de invitaciones a participar en solicitudes de precios y licitaciones privadas.

4. Asesorar a los oferentes y proveedores locales respecto a los trámites de contratación (cumplimiento de plazos, aplicación de penalidades, pago de sellados, etc.).

5. Recibir, en su caso, los sobres con las ofertas presentadas en solicitudes de precios y en licitaciones privadas y públicas, y remitirlos a compras y contrataciones para el acto de apertura.

6. Gestionar todo tipo de comunicaciones, notificaciones, solicitudes de ampliación de plazos de mantenimiento de oferta, de entrega, etc.

7. Recibir las comunicaciones (de conformidad o con las observaciones pertinentes, de ser el caso) del área respectiva por los bienes y servicios contratados con proveedores de su jurisdicción, acompañando la documentación respectiva (factura, orden de entrega, orden de compra, constancia de pago sellado, etc.)”.

“Artículo 49.- Dependerán de la Secretaría de Recursos Humanos los siguientes sectores:

a) Selección e Ingreso.

b) Administración de Recursos Humanos.

c) Capacitación y Desarrollo.

d) Disciplina.

e) Delegados de Recursos Humanos.”

 

Segundo: Incorporar los artículos 54 bis, 54 ter y 54 quáter, al Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y sus modificatorias), los que tendrán la siguiente redacción:-

“CAPÍTULO VI.- Sector Delegados de Recursos Humanos

“Artículo 54 bis.- Con excepción de la Primera Circunscripción Judicial, en las restantes Circunscripciones funcionará una Delegación de la Secretaría de Recursos Humanos, a cargo de un responsable que reportará directamente al Secretario; con la categoría que oportunamente disponga el Superior Tribunal de Justicia”.

“Artículo 54 ter.- El Delegado de Recursos Humanos colaborará con el Secretario a cargo, en el desarrollo de las funciones asignadas a dicha dependencia y en todas aquellas que éste le asigne en el marco de su competencia”.

 

“Artículo 54 quáter.- Son sus funciones:

a) Centralizar la recepción de toda la documentación relacionada a recursos humanos tanto de organismos internos como externos, o público en general.

b) Recibir, controlar y registrar licencias ordinarias y particulares de magistrados, funcionarios y empleados; agilizando el registro y fiscalización del presentismo. Remitir a la Secretaría las licencias que deban ser concedidas por autoridades superiores.

c) Mantener actualizada información sobre cada organismo de la circunscripción: cargos designados, contratos, cargos vacantes, licencias; agilizando los trámites.

d) Colaborar con la tramitación de los ingresos, coordinando la realización de los exámenes psicolaborales, cumplimentando documentación y asesorando al ingresante.

e) Elaborar los informes que le sean requeridos respecto de las necesidades de los organismos jurisdiccionales y administrativos, previo a los llamados a concurso de ingreso y ascenso.

f) Elaborar proyectos de evaluación de desempeño, colaborando con la Secretaría en el relevamiento y actualización permanente de legajos.

g) Dar apoyo a los jurados y mesas evaluadoras.

h) Realizar un seguimiento del orden de mérito vigente de cada concurso de ingreso, para colaborar con la cobertura de cargos vacantes en cada organismo.

i) Recibir inquietudes sobre clima laboral, solicitudes de traslados, gestionar a través de la Secretaría de Recursos Humanos con los equipos profesionales que correspondan, el abordaje de situaciones conflictivas, entre otras; a fin de asistir en la elaboración de alternativas de solución generando propuestas de reubicaciones o traslados si fueran necesarias y toda aquella otra información para la confección de dictámenes sobre promociones, pases y designaciones.

j) Relevar condiciones de trabajo en los organismos, a fin de cumplimentar las normativas de seguridad e higiene. Dichas tareas deberán coordinarse conjuntamente con la Oficina de Higiene y Seguridad.

k) Procurar una comunicación interna, informando y asesorando a los empleados, funcionarios y magistrados sobre licencias, cargos, ascensos y normativas que correspondan.

l) Colaborar con los equipos de apoyo y contención de medicina y psicología laboral, para coordinar los abordajes necesarios.

m) Operar y administrar los sistemas informáticos y bases de datos sobre recursos humanos”.

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que, previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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