ACUERDO Nº 3546: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil diecisiete, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Hugo Oscar DÍAZ y los Sres. Ministros, Dres. Elena Victoria FRESCO, Fabricio Ildebrando Luis LOSI y José Roberto SAPPA. -

ACORDARON:-

Crear la Oficina de Informática y Tecnología del Superior Tribunal de Justicia e incorporar al Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y modificatorias) el Capítulo V del Título II y los artículos 16 quinquies y 16 sexies. -

Visto y Considerando: Que por Acuerdo 1413, y sus modificatorias, se aprobó la estructura administrativa del Superior Tribunal de Justicia, estableciéndose, entre sus organismos y dependencias internas, a la Secretaria de Sistemas y Organización, dependiente de la Dirección General de Administración, la cual tiene como misión general “planificar, implementar y coordinar la administración de los recursos informáticos, métodos y procedimientos del Poder Judicial” (conf. artículo 55 del Acuerdo 1413 y modificatorias).-

Que, como es de público conocimiento, desde la fecha de la puesta en funcionamiento de dicha Secretaria, el número de usuarios y de requerimientos relacionados con la prestación de servicios informáticos ha crecido en forma notoria. En especial, por la creación de nuevas dependencias administrativas y jurisdiccionales, y por la continua incorporación de las nuevas tecnologías a los procesos. -

Que las circunstancias actuales conllevan al replanteo de los recursos existentes para una eficiente prestación del servicio. - -

Que, en este sentido, por nota de fecha 13 de noviembre de 2017, la Dirección General de Administración consideró conveniente la creación de una Oficina de Informática y Tecnología en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia, estimándose que, con su creación, se obtendrá “(…) una mejor prestación del servicio de asistencia técnica en todo aquello referido a tecnología e informática como también asesorar y generar los desarrollos de sistemas que se le requieran, en virtud de su inmediatez; reduciendo así el tiempo que en la actualidad insume dar solución a distintas circunstancias que acontecen con regularidad”. - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que en virtud de lo expresado, y teniendo especialmente en consideración las funciones y estructura organizativa de este Superior Tribunal de Justicia, se estima oportuno y conveniente crear la “Oficina de Informática y Tecnología del Superior Tribunal de Justicia”, la cual se ocupará en forma exclusiva de las cuestiones relativas a los sistemas informáticos y usuarios existentes en su sede. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Crear la Oficina de Informática y Tecnología del Superior Tribunal de Justicia. Segundo: Incorporar al Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y modificatorias) el Capítulo V del Título II y los artículos 16 quinquies y 16 sexies, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Capítulo V

Oficina de Informática y Tecnología

Artículo 16 quinquies.- La Oficina de Informática y Tecnología del Superior Tribunal de Justicia dependerá directamente del Cuerpo y se relacionará con el mismo por intermedio de la Presidencia. Estará a cargo de un Jefe de Oficina y contará con el personal que oportunamente designe el Superior Tribunal de Justicia.”

“Artículo 16 sexies.- Son sus funciones:

a) Brindar el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos informáticos y de comunicación del Superior Tribunal de Justicia;

b) Efectuar el mantenimiento de la red física y lógica del Superior Tribunal de Justicia, incluyendo su instalación, mantenimiento y/o reparación;

c) Crear, modificar y dar mantenimiento a las cuentas de correo electrónico de los usuarios del Superior Tribunal de Justicia;

d) Efectuar capacitaciones a los usuarios del Superior Tribunal de Justicia;

e) Brindar el soporte técnico y asesoramiento que requieran los usuarios respecto a equipos y sistemas de información en uso;

f) Asesorar en todo lo referente a los equipos y servicios informáticos necesarios para el buen funcionamiento de los mismos en el Superior Tribunal de Justicia;

g) Gestionar el stock de insumos de impresoras (cartucho de tinta y tóner) y planificar la compra anual de los mismos;

h) Administrar y mantener los servidores de datos, correo electrónico, internet, seguridad y de impresión;

i) Establecer y ejecutar las políticas de seguridad informática del Superior Tribunal de Justicia, con el fin de proteger la integridad de los datos de sus sistemas;

j) Evaluar permanentemente las novedades en software y hardware en el mercado nacional e internacional, y realizar los estudios de factibilidad económica, técnica y operativa para la implementación y renovación de sistemas y equipos;

k) Intervenir, cuando le sea requerido por la Dirección General de Administración, en los procedimientos de compras y contrataciones de equipamiento y servicios tecnológicos del Superior Tribunal de Justicia;

l) Llevar a cabo el desarrollo de aplicaciones a medida, en los casos que le sea expresamente requerido por el Superior Tribunal de Justicia;

m) Desarrollar y mantener el sitio web institucional del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa;

n) Implementar y mantener el sistema de gestión de bibliotecas del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa;

o) Efectuar el mantenimiento del sistema de cámaras de seguridad CCTV (Circuito Cerrado de Televisión), existente en la sede del Superior Tribunal de Justicia;

p) Colaborar en toda otra tarea que le sea encomendada por el Superior Tribunal de Justicia.

La Dirección General de Administración establecerá pautas para la adecuada coordinación cuando razones de índole funcional hagan indispensable la intervención conjunta de esta Oficina y la Secretaría de Sistemas y Organización.” -

Tercero: El presente acuerdo comenzará a regir a partir del día de la fecha.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que, previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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