ACUERDO Nº 3264: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil catorce, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Hugo Oscar DÍAZ y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, Tomás Esteban MUSTAPICH y Víctor Luis MENÉNDEZ.-

ACORDARON:

Modificar el esquema de subrogancia dispuesto por Acuerdo 3238 (Régimen especial de subrogancia para el cargo vacante de Juez del Tribunal de Impugnación Penal de la Provincia de La Pampa).-

Visto y Considerando: Que el art. 18, inc. d), apartado 1), de la Ley N° 2574 - Orgánica del Poder Judicial (texto modificado por la Ley N° 2711) establece que los magistrados del Tribunal de Impugnación Penal serán subrogados –en primer término- por los restantes Jueces de aquél que no ejerzan su Presidencia. Que mediante Acuerdo 3238 se dispuso un régimen especial de subrogancia para el cargo vacante de Juez del mencionado Tribunal, rotativo y por el término de treinta y cinco (35) días, a partir del día 22 de julio del corriente año y hasta tanto se produzca su cobertura. Que en el artículo segundo del mencionado Acuerdo se estableció que la subrogancia dispuesta estaría en primer término a cargo del Sr. Juez Dr. Pablo T. Balaguer, luego del Dr. Carlos A. Flores y seguidamente de la Dra. Verónica E. Fantini, y así sucesivamente. Que mediante Acuerdo Nº 18, de fecha 9 de diciembre de 2013, los Sres. Jueces del Tribunal de Impugnación Penal acordaron designar para el ejercicio de la Presidencia de dicho Tribunal, para el período comprendido a partir del 1º de febrero del año 2014 hasta el 31 de enero del año 2015, a la Sra. Jueza Verónica E. Fantini. Que, asimismo, acordaron que durante dicho período la Sala “B” del Tribunal estará integrada por los Dres. Carlos A. Flores y Filinto B. Rebechi y la Sala “A” por el Dr. Pablo T. Balaguer y en forma alternada por los jueces integrantes de la Sala “B” hasta la designación del juez para cubrir la vacante. Que mediante Nota N° 20/14, de fecha 7 de febrero de 2014, el Tribunal de Impugnación Penal solicitó se defina el régimen de subrogancia del año en curso. Que en razón de lo expuesto, y conforme a lo previsto en el art. 18, inc. d), apartado 1) de la Ley 2574, se estima pertinente modificar el esquema de subrogancia dispuesto por Acuerdo 3238. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Modificar el punto segundo del Acuerdo 3238 estableciendo que la subrogancia dispuesta en su punto primero, a partir del 1º de febrero de 2014, estará a cargo de los integrantes de la Sala “B” del Tribunal de Impugnación Penal, iniciando por el Sr. Juez Dr. Filinto B. Rebechi, luego por el Dr. Carlos A. Flores y así sucesivamente. Segundo: Cuando razones de servicio lo requieran, el Tribunal de Impugnación Penal podrá, por resolución fundada, disminuir o ampliar el plazo de treinta y cinco (35) días dispuesto en el punto primero del Acuerdo 3238.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y Regístrese. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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