ACUERDO Nº 2977: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil once, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y los Sres. Ministros, Dres. Tomás Esteban MUSTAPICH, Víctor Luis MENÉNDEZ y Elena Victoria FRESCO, con la actuación del Secretario Legal, Dr. Horacio Esteban di NÁPOLI.-

ACORDARON:

Establecer horario de actividad y de atención al público para los recesos judiciales de enero y julio.-

Visto y Considerando: Que se ha evidenciado desde hace un tiempo la conveniencia de ampliar el horario de actividades durante los recesos judiciales de enero y julio, fundada, principalmente, en la oportunidad de brindar a los justiciables un mayor horario de atención al público así como en la necesidad de cubrir óptimamente los requerimientos del servicio de justicia en organismos judiciales y administrativos del Poder Judicial. Que, asimismo, se han receptado peticiones en este sentido desde diferentes ámbitos del quehacer jurídico local. Que el horario de feria que hasta la fecha se ha venido adoptando -de tres horas, con solo dos de atención al público- se aprecia como insuficiente en orden a concretar dichos requerimientos, y resulta un imperativo, para este Poder Judicial, adecuar su propuesta a la creciente demanda y a las exigencias concretas de la sociedad en la actualidad. Que, este horario reducido no encuentra otro sustento más que en una tradición arraigada en el Poder Judicial, que no tiene su correlato -por otra parte- en los restantes Poderes Judiciales tanto en el orden provincial o nacional.-

Que, asimismo, se ha evaluado que con esta decisión no se lesionan derechos de magistrados, funcionarios y empleados, desde que los días laborados por las personas designadas para actuar en feria, tienen su correspondiente licencia compensatoria durante el año judicial.-

Que en virtud de las razones expuestas, tendientes a optimizar la prestación del servicio de justicia, es que se establece un nuevo horario de actividades en el Poder Judicial Provincial, para los recesos judiciales de los meses de enero y julio.- Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: El horario de actividad durante los recesos judiciales para magistrados, funcionarios y empleados será de 7.30 hs. a 12:30 hs., con horario de atención al público de 8:00 hs. a 12:00 hs.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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