ACUERDO Nº 2888: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil diez, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y los Sres. Ministros, Dres. Tomás Esteban MUSTAPICH y Víctor Luis MENÉNDEZ, con la actuación de la Secretaria Legal subrogante, Dra. Laura M. DIAB.-

ACORDARON:

Autorizar el fraccionamiento de los períodos quincenales del receso judicial del mes de enero, determinados por Acuerdo Nº 2879.-

Visto: Lo resuelto por Acuerdo N° 2879 y la propuesta realizada por el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de La Pampa, instando -por diferentes razones- a que se autorice el desdoblamiento de los períodos quincenales para el receso judicial del mes de enero, establecidos en el citado Acuerdo. Considerando: Que, analizados favorablemente los motivos invocados por los solicitantes, se estima pertinente autorizar, el fraccionamiento de los referidos períodos, conforme a lo que se indica en la parte resolutiva del presente. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Modificar el punto 2) del Acuerdo Nº 2130 -texto dado por Acuerdo Nº 2879- el que quedará redactado de la siguiente forma: "El receso judicial del mes de enero de cada año se dividirá en dos períodos: el primero del día 1º al 15 y el segundo del día 16 al 31. Asimismo, los periodos indicados precedentemente, se podrán desdoblar de la siguiente manera: el primero desde el 1º al 7 de enero y desde el 8 al 15 de enero, y el segundo, desde el 16 al 23 de enero y desde el 24 al 31 de enero.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los señores Magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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