ACUERDO Nº 2880: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil diez, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y los Sres. Ministros, Dres. Tomás Esteban MUSTAPICH y Víctor Luis MENÉNDEZ, con la actuación de la Secretaria Legal subrogante, Dra. Laura M. DIAB.-

ACORDARON:

Disponer suspensión de plazos procesales el día 23 de noviembre de 2010 para todos los organismos jurisdiccionales con sede en el Centro Judicial Santa Rosa.-

Visto, la nota suscripta en la fecha por los titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería Nos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Primera Circunscripción Judicial. Considerando: Que mediante la citada nota ponen en conocimiento los problemas de orden técnico suscitados desde el inicio del presente día, en el sistema informático (Lex Doctor) y de telefonía; indicando que dichos inconvenientes han tornado imposible el desarrollo de las tareas habituales dentro de los referidos juzgados, lo que ocasionó demora en la tramitación de las causas. Que desde la Dirección General de Administración se informó que similar situación afectó también a otros organismos del Centro Judicial Santa Rosa, por lo que se estima pertinente -a efectos de evitar posibles perjuicios para las partes litigantes y profesionales- disponer suspensión de plazos procesales para todos los organismos jurisdiccionales con sede en el mencionado edificio. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia RESUELVE: Disponer suspensión de los plazos procesales (artículo 35 inciso i de la Ley Nº 1675 -Orgánica del Poder Judicial-) el día de la fecha, para todos los organismos jurisdiccionales con sede en el Centro Judicial Santa Rosa; sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se hubieren cumplido.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y Regístrese. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación firman los Señores Magistrados arriba nombrados, todo por ante mí, de lo que doy fe.-

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