ACUERDO Nº 2830: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil diez, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia, Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y los Sres. Ministros, Dres. Tomás Esteban MUSTAPICH y Víctor Luis MENÉNDEZ, con la actuación del Secretario Legal, Dr. Horacio Esteban di NÁPOLI.-

ACORDARON:

Aprobar el Reglamento de funcionamiento para las Oficinas Judiciales de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial.-

Visto lo dispuesto en el artículo 40 del Código Procesal Penal (ley 2287) y en los artículos 166 y 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (ley 2574); y Considerando: Que en la norma procesal citada en primer término se establece, que el Juez o Tribunal será asistido por una Oficina Judicial, enumerando las funciones que le son propias a dicha oficina, expresando por último que su composición y organización jerárquica será reglamentada por la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que en tal sentido, el primero de los artículos mencionados de la ley 2574, determina la composición de la Oficina Judicial, e indica que habrá tres, una en la Primera, otra en la Segunda y la restante en la Tercera Circunscripción Judicial. Que el segundo de los artículos referidos, dispone que será el Superior Tribunal de Justicia quien establecerá -por Acordada- las funciones de las Oficinas Judiciales. Que en razón de lo expuesto, resulta necesario, ante la inminente entrada en vigencia del Código Procesal Penal (ley 2287) y conforme a las normas citadas precedentemente, reglamentar el funcionamiento de las Oficinas Judiciales de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial. Por ello, se RESUELVE: Aprobar el Reglamento de funcionamiento para las Oficinas Judiciales de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, que se agrega como Anexo y forma parte del presente Acuerdo, el que regirá a partir del día 1º de marzo de 2011.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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