ACUERDO N° 2705: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de enero de dos mil diez, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Ministro a cargo de la Presidencia, Dr. Julio Alberto PELIZZARI y los Sres. Ministros, Dres. Tomás Esteban MUSTAPICH y Víctor Luis MENÉNDEZ, con la actuación de la Secretaria Legal subrogante, Dra. Laura M. DIAB.-

ACORDARON:

Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Primera Circunscripción Judicial - Distribución de los nuevos expedientes de concursos y de quiebras.-

Visto, el art. 54 de la Ley Nº 1675 - Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de la Pampa (texto dado por Ley Nº 2439); el Acuerdo Nº 2474, de fecha 27 de noviembre de 2008 y el Acuerdo Nº 2667, de fecha 12 de noviembre de 2009. Considerando: Que la mencionada normativa creó el Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras, con competencia en la Primera Circunscripción Judicial, y prescribió, asimismo, que al entrar en funcionamiento dicho organismo, los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería perderían tal competencia a favor de aquél. Que el Acuerdo referenciado en primer término, dispuso -en su punto "Primero"- que el 9 de diciembre de 2008, comenzase a funcionar el referido juzgado, y estableció que -hasta tanto no se designare su magistrado titular- no se radicarían en dicho organismo jurisdiccional los procesos de Concursos y de Quiebras (punto "Tercero"). Que el Dr. Evelio José Santamarina fue designado -por Decreto Nº 2393/2009- Juez de Primera Instancia, titular en el Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, y asumió dicho cargo el día 20 de noviembre de 2009 (Acuerdo Nº 2667).- Que dicha circunstancia hace necesario reglamentar lo pertinente en torno a la distribución de los nuevos expedientes concursales y de quiebras, sin perjuicio de lo que oportunamente se disponga con relación a aquellos que se hubiesen promovido con anterioridad. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Disponer que los procesos de concursos y de quiebras iniciados con posterioridad al día 20 de noviembre de 2009, sean radicados en el Juzgado de Ejecución, Concursos y Quiebras de la Primera Circunscripción Judicial; sin perjuicio de la ulterior reglamentación respecto de los promovidos con antelación a esa fecha. Segundo: Ordenar a la Secretaría de Sistemas y Organización que efectúe las modificaciones pertinentes en el sistema de la Receptoría General de Expedientes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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