ACUERDO Nº 2420: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil ocho, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Víctor Luis MENÉNDEZ y los Sres. Ministros, Dres. Rosa Elvira VÁZQUEZ; Julio Alberto PELIZZARI y Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA, con la actuación de la Secretaria Legal subrogante, Dra. Laura Marcela DIAB.-

ACORDARON:

Defensoría General en lo Civil Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial. - - - Visto, que por Acuerdo Nº 2303 -Proyecto de Presupuesto para el ejercicio del año 2008- se solicitó la puesta en funcionamiento de la “cuarta” Defensoría General en lo Civil en la Primera Circunscripción Judicial, organismo ya existente en la redacción del artículo 80 de la Ley Nº 1675 –Orgánica del Poder Judicial-, pero que no ha podido dar inicio a su actividad hasta este año, por carecer de la respectiva asignación presupuestaria para cubrir los cargos de personal correspondientes. Que, en ese sentido, la Ley Nº 2403, de Presupuesto General para la Administración Provincial para el ejercicio 2008, creó el cargo de Defensor General en lo Civil que este Superior Tribunal de Justicia requiriera en esa ocasión, con el objeto de poder concretar la puesta en marcha del referido organismo. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Denominar Defensoría General en lo Civil Nº 4 al nuevo organismo judicial. Segundo: A todos los efectos –y sin perjuicio de la potestad de reglamentación general que posee este Superior Tribunal- facúltase a la Procuración General a establecer, en el caso, lo atinente al régimen de turnos, distribución de tareas y subrogancias de las Defensorías Generales en lo Civil de la Primera Circunscripción Judicial, con la oportuna comunicación al Superior Tribunal de Justicia. Tercero: Determinar que el próximo 22 de septiembre de 2008, comience a funcionar la nueva Defensoría General en lo Civil Nº 4.-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y Regístrese. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación firman los Señores Magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.-

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