ACUERDO Nº 3583: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil dieciocho, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por la Sra. Presidente, Dra. Elena Victoria FRESCO, y los Sres. Ministros, Dres. Fabricio Ildebrando Luis LOSI, José Roberto SAPPA, Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y Hugo Oscar DÍAZ. -

ACORDARON:

Modificar el artículo 72, inciso a) del Manual de Organismos y Funciones (Acuerdo 1413 y modificatorias).-

Visto y Considerando: Que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 72, inciso a) del Manual de Organismos y Funciones de este Superior Tribunal de Justicia (Acuerdo 1413 y modificatorias), el cargo de Director General de Administración es subrogado, en primer término, por el Secretario de Servicios Jurisdiccionales, seguidamente por el Secretario Técnico, luego por el Secretario de Economía y Finanzas, y finalmente, por el Secretario Administrativo de la Dirección General de Administración. - 

Que por nota de fecha 12 de septiembre del corriente año, el Sr. Secretario de Servicios Jurisdiccionales, Dr. Marcelo F. Rebuffi, comunicó “la imposibilidad del ejercicio de la Subrogancia del Cargo de Director de Administración”. -

Que, en tal sentido, vista la imposibilidad manifestada por el citado Secretario, se considera oportuno y necesario, por razones funcionales y de mejor organización, modificar el orden de subrogancia mencionado. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Modificar el artículo 72, inciso a) del Manual de Organismos y Funciones -Acuerdo 1413 y modificatorias–, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 72.- En caso de recusación, excusación, licencia, vacancias y otros impedimentos, el orden de los reemplazos será el siguiente:
a) Del Director General de Administración por:
1. El Secretario Técnico;
2. El Secretario de Economía y Finanzas; y
3. El Secretario Administrativo de la Dirección General de Administración”.
Segundo: El presente Acuerdo comenzará a regir a partir del día de la fecha.- 

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese.

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