ACUERDO N° 3384: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los dos días del mes de octubre de dos mil quince, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por la Sra. Presidente, Dra. Elena Victoria FRESCO y los Sres. Ministros, Dres. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA y Hugo Oscar DÍAZ. - - - - - - - - - - - - -

ACORDARON:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Disponer que la Oficina de Mediación Judicial con sede en la ciudad de Santa Rosa tenga competencia territorial en la Primera y Cuarta Circunscripción Judicial – Crear en la ciudad de Victorica una delegación de dicha Oficina.- - - - -

Visto y Considerando: Que por Ley 2806 se prorrogó “la implementación del Título IV de la Ley 2699 –Mediación Judicial Obligatoria– hasta el 31 de octubre de 2015, para la III y IV Circunscripción Judicial de la provincia de La Pampa”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que, recientemente, por Acuerdo 3379 se creó la Oficina de Mediación Judicial con sede en la ciudad de General Acha, con ámbito de competencia territorial en la Tercera Circunscripción Judicial. Previamente, por Acuerdo 3285 se crearon las Oficinas de Mediación de las ciudades de Santa Rosa y General Pico, con competencia territorial en la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, respectivamente. En consecuencia, resta disponer lo referente a la Cuarta Circunscripción Judicial. - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que, al respecto, teniendo en consideración las estadísticas disponibles en cuanto a la cantidad de causas a mediarse así como la actual estructura edilicia y recursos disponibles en dicho ámbito, se entiende conveniente que, en una primera etapa, la competencia sobre la citada Circunscripción, y por ende las tareas de implementación, sean asumidas por la Oficina de Mediación Judicial con sede en la ciudad de Santa Rosa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que, sin perjuicio de ello, por cuestiones de inmediación y mejor servicio a los operadores de la Cuarta Circunscripción Judicial, se considera oportuno crear y poner en funcionamiento una delegación de la citada Oficina en la ciudad de Victorica, la cual tendrá las funciones que oportunamente establezca el Centro Público de Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos Judiciales (CE.PU.ME.JU.). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Que por lo expuesto, y en función de las facultades previstas por el artículo 38 y cc. de la Ley 2699, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Primero: Disponer que, a partir del día de la fecha, la Oficina de Mediación Judicial con sede en la ciudad de Santa Rosa tenga competencia territorial en la Primera y Cuarta Circunscripción Judicial. Segundo: Crear y poner en funcionamiento en la ciudad de Victorica una delegación de la Oficina de Mediación Judicial citada en el punto primero, la cual tendrá las funciones que oportunamente establezca el Centro Público de Mediación y Resolución Alternativa de Conflictos Judiciales (CE.PU.ME.JU.). - - - -

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. Con lo que terminó el acto que, previa lectura y ratificación, firman los señores magistrados arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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