ACUERDO Nº 3676: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los tres días del mes de diciembre de dos mil diecinueve, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente, Dr. Fabricio Ildebrando Luis LOSI, y los Sres. Ministros, Dres. José Roberto SAPPA, Hugo Oscar DÍAZ y Elena Victoria FRESCO. -

ACORDARON: - 

Disponer que los mediadores y co-mediadores que no estén comprendidos en el supuesto del punto “tercero” del Acuerdo 3664 mantendrán su matrícula provisoria hasta la fecha del primer llamado a evaluación de idoneidad (conf. punto “segundo” del Acuerdo 3664).-

Visto y Considerando: Que mediante Acuerdo 3664 se estableció la modalidad de la evaluación de idoneidad prevista en los incisos 3 de los artículos 5 y 6, e inciso 8 del artículo 8, del Anexo I del Acuerdo 3277.- 

Que la evaluación de idoneidad consistirá en la realización, por parte de los inscriptos, de un curso de capacitación en mediación, y la aprobación de un examen teórico y un examen práctico.- 

Que, asimismo, el Acuerdo 3664, aclaró que los mediadores y co-mediadores que al día de la fecha del citado Acuerdo cuenten con matrícula provisoria activa, hayan mediado en el corriente año regularmente, no revistan sanciones y no se hallen en proceso de revisión de práctica, quedarán exceptuados de rendir la evaluación de idoneidad, debiendo el Ce.Pu.Me.Ju. otorgar las matrículas definitivas correspondientes.-

Que, por otra parte, los mediadores y co-mediadores que no estén alcanzados por dicha disposición deberán realizar la evaluación de idoneidad para obtener su matrícula definitiva. Sin embargo, por razones de mejor organización, se considera oportuno disponer que dichos mediadores y co-mediadores mantendrán su matrícula provisoria hasta la fecha del primer llamado a evaluación de idoneidad (conf. punto “segundo” del Acuerdo 3664). Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Disponer que los mediadores y co-mediadores que no estén comprendidos en el supuesto del punto “tercero” del Acuerdo 3664 mantendrán su matrícula provisoria hasta la fecha del primer llamado a evaluación de idoneidad (conf. punto “segundo” del Acuerdo 3664).-

Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese. - 

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